4/5/18

EL ARTÍCULO 50


"Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio."

Artículo 50 de la Constitución española de 1978


 El Gobierno se pasa por los forros la Constitución 
y los derechos ciudadanos.

¡No permitamos que nos esquilmen!

¡¡¡Actuemos!!!
 

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