31/12/17

LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

Otra visión sobre la independencia judicial


Si la percepción ciudadana es que hay pasadizos entre el ejecutivo y el judicial no basta con protestar y reivindicar el callado trabajo de legiones de jueces diligentes



Es difícil que un país reconozca que no hay separación entre el poder ejecutivo y el judicial, así como es difícil que ningún juez reconozca que no es independiente porque se deja presionar por fuerzas, personas o influjos externos. El juicio sobre la autonomía del poder judicial y sobre la independencia judicial ha de ser externo. Una auditoría daría resultados más fiables que un examen de conciencia. 

La última palabra la tienen los ciudadanos, porque son los verdaderamente interesados en la independencia del juez: no es el juez, es el ciudadano el que se juega mucho. Por tanto, si la percepción ciudadana es que hay pasadizos entre el ejecutivo y el judicial, si lo que se percibe es que las sedes de los partidos, de las corporaciones o de las redacciones de los medios pueden influir en la decisión de un juez, no basta con protestar y reivindicar el callado trabajo de legiones de jueces diligentes. Es necesario revisar qué se está haciendo mal.

También es necesario partir de diagnósticos certeros y jerarquizar la importancia de los problemas. Por ejemplo, y esto ya es una opinión personal, salir del fácil y resultón discurso sobre la designación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial y sobre el nombramiento de los altos cargos judiciales (magistrados del Tribunal Supremo, presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, intervención de los parlamentos autonómicos para la designación de uno de cada tres magistrados de las salas de lo civil y penal de los Tribunales Superiores de Justicia, y presidentes de Audiencias Provinciales). En esto puede haber espuma, sin duda, pero las olas llevan aguas más profundas.

La independencia es un derecho del ciudadano y una obligación del juez

La independencia (y su correlato de imparcialidad) no es un derecho del juez que deba defender sindicalmente frente a terceros, sino una obligación inexcusable. Y no es una obligación fácil.

Probablemente la presión más fácil de resistir para un juez es la del poder político. Es más insidiosa la presión que proviene de los medios de comunicación y más sutil la que discurre en el interior mismo del sistema judicial. Por lo general las presiones no son burdas. Más bien se trata de hacer desear al Juez una determinada solución como más aceptable y tranquilizadora. En ocasiones el juez va comprobando que la decisión más correcta conforme a su criterio profundo no se corresponde con la “esperada” (por los periodistas, por los colegas). 

De esto podría hablar en primera persona, pero prefiero utilizar la tercera del singular: imaginen (es sólo una hipótesis) que durante el estudio de la causa contra los miembros de La Manada alguno de los magistrados o magistradas que forman Sala va inclinándose por la absolución, porque no encuentre que los hechos, según las pruebas practicadas en el juicio, encajen suficientemente en el tipo penal. Sólo imagínenlo, no estoy diciendo que sea así. 

En tal caso, dicho magistrado va a pasar más de una noche de insomnio, insomnio que no tendría si todo cuadra como violación colectiva. Dado que el asunto ya está sentenciado en la calle, y dada la reprobación moral de la conducta de los acusados que produce en cualquier persona que no esté enferma, el magistrado o la magistrada “desearía” encontrar argumentos y pruebas que le permitan firmar una condena sin dudas más allá de lo razonable; pero, ¿y si subsistieran esas dudas? No me refiero a una certeza exculpatoria, es decir, a pruebas suficientemente demostrativas de la inocencia, sino a dudas.


Dudas importantes. El magistrado sabe que entonces tiene que votar por la absolución, pero tal absolución, en algún contexto, puede llegar a ser algo parecido a un acto heroico. Podemos cambiar La Manada por otros acusados respecto de los que el entorno personal del juez (que a veces es una burbuja, como la de cualquier ciudadano) pide la condena o la prisión preventiva.

Independencia en tales casos no significa que el juez no tenga presiones; significa que el juez ha de estar preparado para tomar la decisión difícil, aunque sea a costa del insomnio. Y aguantar que luego digan que ha decidido porque está inmerso en la cultura del patriarcado, o porque es un rojo, o porque no sabe Derecho.

Pero, ¿cómo se consigue esa preparación? ¿Callando a los medios? ¿Envolviendo la sala de justicia en una cortina impenetrable? Claro que no. Es más útil una verdadera educación de la independencia, y ésta tiene que trabajarse. Ha de cuidarla el juez, y ha de recibir estímulos eficaces para optar por la independencia.

Y esos estímulos no son los premios y los castigos, sino la capacidad de no aspirar a ningún premio ni temer ningún castigo por ser leal a su función. Para esto es importante no partir de que la independencia es “lo natural”. No, lo natural será la dificultad. La independencia no es el punto de partida, sino el objetivo. Un objetivo obligado y difícil.

 

Conviene que el juez, cuando inicia su trabajo profesional, esté advertido, y que se le ayude a desarrollar un espíritu de sospecha sobre sí mismo. Vale más reconocer los propios prejuicios, la propia ideología, y las propias inclinaciones, que negarlas con énfasis farisaico. Los jueces somos ciudadanos llenos de prejuicios y corruptibles, y no hay más santidad ni heroicidad entre los jueces que entre los profesores o los empleados de seguros. La independencia no la da la toga, y bueno es partir de la convicción de que ninguno somos tan íntegros como nos creemos.

Probablemente un buen camino hacia la independencia judicial sea el fortalecimiento de la Justicia. No me refiero a jueces “fuertes”, sino a estructuras judiciales que creen en sí mismas y que tienen medios suficientes para hacer bien su trabajo. No es lo mismo tener tres asuntos complejos por semana que ocho, ni es lo mismo disponer de buena formación, adecuadas herramientas y procedimientos flexibles y eficaces. 

 Leyes procesales incesantemente mejoradas, recursos técnicos y materiales, y dotación suficiente de jueces, son condiciones para fortalecer el poder judicial, y por tanto para hacerlo más independiente. Y juro que no me refiero al sueldo: es mezquino relacionar independencia con buena remuneración.

Las oposiciones


El sistema de acceso a la función judicial no es ajeno a este problema. Sé que mi opinión es minoritaria en el mundo de los jueces, pero yo estoy convencido de que los cuatro o cinco años de preparación de una oposición, tan mediatizada por la figura del “preparador” (que no es más que un sistema extremadamente privatizado –y opaco– de formación judicial) no es en absoluto la mejor vía ni para formar bien a los futuros jueces (con temarios que condensan en cápsulas dispuestas para su memorización una cultura jurídica por lo general con décadas de retraso, por más que incorporen todas las reformas legislativas) ni para seleccionar a los mejores (pues hay muchos “mejores” que encuentran alternativas mucho más atractivas que el túnel de una oposición con más esfuerzo que resultados). 

Hay modelos más modernos y afinados en casi todos los países de nuestro entorno, que no cambian las pruebas objetivas por valoraciones curriculares discrecionales, sino que sitúan esas pruebas objetivas en otros ejes que permiten medir mejor. Puedo entender que en el colectivo de jueces se sobreestime el valor de la oposición, porque se ha vivido como un esfuerzo titánico y es normal, una vez que se ha tenido éxito, creer en sus virtudes como una suerte de “rito iniciático”, ojo de aguja o aguas del Jordán.

Pero entiendo menos que en ámbitos académicos, profesionales, políticos y ciudadanos siga sin hacerse una imprescindible reflexión pública sobre qué tipo de juez queremos, y por tanto cómo queremos que sea seleccionado y formado.

Los vocales del Consejo General del Poder Judicial


Luego está eso del Consejo General del Poder Judicial. De mucha menos importancia a mi juicio, salvo para quienes tienen interés en ascender rápido a los puestos de designación discrecional. También aquí hay que decir que en muchos países de nuestro entorno los nombramientos judiciales no son sólo cosa de jueces. Presidentes de República, parlamentos, ministros de Justicia, etc., intervienen de un modo u otro, directamente en tales nombramientos. 

Al fin y al cabo, la democracia, y por tanto la política, no deberían quedar expulsadas del todo en la elección de los miembros del gobierno del poder judicial: lo que debe quedar desterrado es el sistema de cuotas (tres para mí, dos para ti, y otro para el PNV).

Lo cierto es que si hay cultura de independencia judicial, el juez nombrado no se siente en absoluto deudor de nadie por el nombramiento. Esto hemos de tenerlo claro: si un vocal del Consejo, si un magistrado del Supremo o uno “autonómico”, o si un presidente de Audiencia se deja influir por quien facilitó su nombramiento, el reproche ha de dirigirse contra él, y no contra quien le pide favores.

No negaré que habría sistemas de designación de los miembros del CGPJ mejores que el de cuotas de partidos en un intercambio de “tú aceptas los míos y yo acepto los tuyos” precedido de una negociación sobre cuántos nombra uno y cuántos nombra otro. Probablemente elegirlos uno a uno, con distancia en el tiempo, y con mayorías cualificadas, facilitaría que el designado lo fuese por consenso, y no por cuota.


Pero descreo profundamente de la tan cacareada alternativa de que los vocales jueces sean directamente designados por los mismos jueces. Eso significaría, de hecho, que las negociaciones dejarían de ser de los partidos y pasarían a ser de las asociaciones judiciales, de las que no es obligado tener mejor concepto que de los partidos. 

Si queremos desparlamentarizar y desgubernamentalizar el nombramiento de los vocales, ¿por qué no optamos por el sorteo de entre quienes se postulen y reúnan determinados requisitos legalmente establecidos? 

Yo no tengo duda alguna: prefiero el azar al mejunje entre asociaciones, en cuyo seno ya no sólo influyen ideologías (que en sí mismas no serían más que expresión de un pluralismo), sino también favores recíprocos, apoyos cruzados, compañerismos, parentescos y padrinazgos. Mejor tiramos los dados. Y de paso, nos llevamos la sede del CGPJ a Teruel, lejos del mundanal Madrid.

Los magistrados autonómicos de los tribunales superiores de justicia


Soy magistrado “autonómico”. Me interesa aclarar que mi candidatura obtuvo 106 sobre un total de 107 votos. Pero lo que quiero decir es que la intervención de un parlamento en el proceso de elección de jueces no tiene por qué ser una marca de politización de la justicia.

Es mezquino el discurso de que el magistrado “autonómico” está ahí para proteger a los políticos que le han nombrado. Muy mezquino, por más que inmediatamente, sin levantar mano, se aclare que no se duda de la profesionalidad del magistrado autonómico: ¿cómo no se va a dudar de su profesionalidad si se sospecha de su parcialidad? 

Pero habida cuenta de que dentro y fuera de la carrera está consolidado ese prejuicio, quizás sería el momento de replantearse la conveniencia de mantener o no ese sistema de designación.

A condición, diría yo, de que la medida se integrara en una reflexión hecha en serio sobre cómo se accede a la función judicial y cómo se protege, eficazmente, la fortaleza del poder judicial frente a poderes políticos y no políticos.


FUENTE: ctxt.esMiguel Pasquau
24/12/2017
 
Vamos a ver: 

¿Cómo puede haber independencia judicial, si existe un ministerio de Justicia controlado por el gobierno?

Entiendo que en una democracia de verdad (iba a escribir "en una democracia real" pero sé que podría sonar a monárquica, y tampoco es eso) En una verdadera democracia, repito, no debería existir el ministerio de Justicia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario