El arsenal intervenido por los Mossos al francotirador franquista que quería matar a Sánchez.
MOSSOS D´ESQUADRA
Tanto el juez Fernando Andreu como la jefatura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional estuvieron al corriente desde el primer momento de la detención del franquista que tenía un arsenal y planeaba matar a Pedro Sánchez, pero decidieron no investigar el caso. Mes y medio después, cuando 'Público' desveló la noticia en exclusiva, la Audiencia negó conocerla, pero acabó retractándose 24 horas más tarde porque el desconocimiento era un escándalo aún mayor que el de haberse inhibido.
Primero, pasaron 14 horas, desde que estalló la exclusiva de Público, antes de que la Audiencia Nacional negase rotundamente haber tenido conocimiento ninguno de que un vigilante privado franquista, con licencia de armas y larga práctica de tiro olímpico, había sido detenido mes y medio antes con un arsenal de armas largas y de guerra tras buscar cómplices para asesinar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Después, transcurrieron otras 24 horas desde ese desmentido increíble –pues suponía o bien la más grave descoordinación de la Fiscalía que se haya conocido en España o una irresponsabilidad temeraria por parte de los fiscales y jueces implicados en el caso en Terrassa (Barcelona)– hasta que la propia Audiencia Nacional se volvió a poner en contacto con el medio al que había comunicado su desmentido inicial para retractarse de plano: no sólo conoció perfectamente el asunto desde el primerísimo momento, sino que incluso lo debatieron y valoraron tanto los fiscales del alto tribunal como uno de sus magistrados más veteranos, con 16 años de experiencia en esa instancia judicial.
Y, en esas 24 horas, prácticamente la totalidad de los medios de comunicación, comentaristas y tertulianos dieron por bueno el falso desmentido de la Audiencia y pusieron en la picota a Público, cuya información incluía literalmente este párrafo:
En cuanto a las diligencias judiciales, pasaron del Juzgado de Guardia –el 2 de Terrassa, ese día– al de Instrucción Nº3 porque la Audiencia Nacional rechazó el caso, considerando que no se trataba de una amenaza terrorista, sino meramente una "proposición de homicidio de autoridad", con "tenencia ilícita" de un "depósito de armas".
El único error de ese párrafo era que el juzgado de guardia ese día era el 4, y no el 2. Y la única otra imprecisión en esa larga exclusiva, con innumerables detalles correctos del caso, era atribuir 63 años de edad al detenido –Manuel Murillo Sánchez–, cuando en realidad cuenta 62 años. Ambos fallos, atribuibles a la memorización de los hechos por las fuentes empleadas por este diario para desentrañar "un caso que había sido mantenido en absoluto secreto durante 50 días".
No obstante, el fraudulento desmentido de la Audiencia llevó a la interpretación generalizada de que el hecho no era tan grave como se pintaba, porque supuestamente ni los Mossos, ni los fiscales ni el juez se habían siquiera molestado en comunicárselo a ese tribunal, al que competen todos los actos de terrorismo.
Conclusión que se difundió ampliamente sin que se examinase el auto de la Audiencia Provincial de Barcelona que confirmó tres días antes la prisión incondicional de Murillo por estar imputado de "un delito de conspiración para cometer atentado contra el Jefe del Gobierno español y de un delito de tenencia ilícita y depósito de armas, municiones y explosivos":
Conclusión que se difundió ampliamente sin que se examinase el auto de la Audiencia Provincial de Barcelona que confirmó tres días antes la prisión incondicional de Murillo por estar imputado de "un delito de conspiración para cometer atentado contra el Jefe del Gobierno español y de un delito de tenencia ilícita y depósito de armas, municiones y explosivos":
En ese auto, los tres magistrados de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona constatan, además, que "no le ha cabido duda al instructor de la seriedad del propósito del investigado de llevar a efecto el crimen planeado por el mismo, proponiendo el modo de llevarlo a cabo, el material con el que cuenta para ello, sus habilidades como tirador, lo certero que sería para privar de la vida a su objetivo, recabando sólo para asegurar su propósito información sobre el momento y el lugar en que se realizaría".
Así que la gravedad del caso era más que evidente, según al menos cuatro jueces (el instructor y los tres que suscriben el auto), y por tanto habría sido igualmente muy grave que no se hubiera informado de ello a la Audiencia Nacional. También la policía autonómica encargada de las investigaciones policiales, en su rueda de prensa para confirmar la exclusiva de Público, constató que el acusado tenía la "clara voluntad" de atentar contra el presidente, así como el armamento, la experiencia como tirador y "un claro compromiso y convencimiento" de que podía matar a Pedro Sánchez.
¿Cómo se podía entender, pues, que los investigadores policiales, fiscales y judiciales no hubieran alertado, ninguno, a la Audiencia Nacional? Pues así lo asumieron todos los periodistas y observadores, salvo los autores de la exclusiva, cuyas fuentes seguían insistiendo en que todo eso se presentó al alto tribunal pero rechazó el caso.
En esas 24 horas, letrados, fiscales, juristas y magistrados nos expresaron unánimemente su incredulidad y desconcierto frente a las protestas de ignorancia de la Audiencia. Así como su sorpresa de que se pretendiera demostrar ese desconocimiento por la ausencia de diligencias o comunicaciones por escrito desde Terrassa a Madrid, ya que en esos casos las consultas son siempre telefónicas para acelerar la toma de decisiones sobre diligencias urgentes.
"Cuando eso lo hacemos los jueces, también lo hacemos por teléfono", nos explicaba un veterano magistrado. "Porque, además, si tienes a un preso es un lío, ya que hay decidir de inmediato si se le envía a un centro penitenciario local o a otro en Madrid. Lo normal es que se pida al de juez guardia allí que consulte con los suyos, si me van a aceptar el caso y cómo lo ven".
"Y las consultas son telefónicas entre fiscales incluso para cosas más leves. Pero cuando ves que puede afectar a toda España, por ejemplo estafas que pueden ser cosa de la [Audiencia] Nacional… Entonces, efectivamente, antes de tomar una decisión evidentemente sí que necesitas esa opinión".
Lo normal es que sea Fiscalía la que se haga cargo de la comunicación, agrega un letrado, "porque sí que es verdad que tienen una unidad y una jerarquía que les obliga a coordinar. Pero, vamos, aunque sólo sea para informarse mutuamente… Y en un caso así es imposible que eso no lleve un “visto” de alguien superior a la fiscal jefe de Terrassa".
Pero ese "visto bueno" no se da por escrito, porque la necesaria celeridad obliga a prescindir de los trámites formales y "sólo se me ocurre que se presentase la consulta por escrito en el caso de que un fiscal tuviera problemas con su jefe y quisiera guardarse las espaldas", subraya un fiscal bregado en casos complejos.
"Formalmente, no tenemos una obligación de consultar... pero, vamos a ver: Tú, en un caso tan excepcional por supuesto que necesitas de entrada el visto bueno de tu jefe. Y le dices: ‘Tengo esto, voy a pedir prisión’… ¡Por supuesto! Y le preguntas: ¿qué más hacemos?... Incluso ‘¿qué nivel de información damos?'… Y eso ya pone en danza a portavoces y a jefes. Es poco creíble que el fiscal que está de guardia en ¡Terrassa!... Es que no es sólo por precaución, sino también por lealtad institucional. ¿Tú te imaginas que la Fiscal General del Estado, o sin más sus jefes directos, se enteren por la prensa de que hemos tenido un intento de asesinato del presidente?... ¡¡¡y con armas de guerra!!!"
Fuentes de la Fiscalía General del Estado, reconocieron a este diario que en esa institución es fundamental "la unidad de acción", por lo que cualquier duda que tenga un fiscal sobre a qué órgano corresponde la competencia de un caso concreto la plantea de inmediato a sus superiores jerárquicos, al Consejo Fiscal correspondiente o a la Fiscalía Técnica. En cualquier caso la coordinación entre todos los escalafones de la Fiscalía es prioritaria.
Así que todo fiscal tiene el deber jerárquico de informar a sus superiores de cualquier caso relevante, por lealtad institucional, y no cabe duda de que al fiscal que le tocó el del francotirador franquista dispuesto a cometer una magnicidio nunca le había caído entre sus manos un caso tan relevante.
"Llevo 20 años haciendo guardias con diversos fiscales", cuenta un juez de provincias, y no me imagino ni a uno que, teniendo semejante caso, no telefonee de inmediato a su jefe y le diga: “Espero órdenes”. Porque esto no es ninguna tontería. Es tan sumamente excepcional que son ellos, los jefes, los que tienen que plantear esa competencia o no. Porque, salvando las distancias, es el mismo conflicto que el de la competencia de la [Audiencia] Nacional en el delito de rebelión, ya que es el tribunal competente ante amenazas a los altos organismos de la nación. Y ¿cómo se va a excluir de ello a la Presidencia del Consejo de Ministros?"
Entre todos los juristas consultados, el veredicto es unánime: en un caso de conspiración para atentar contra una autoridad que es, ni más ni menos, el presidente del Gobierno, no puede caber duda a ninguna autoridad judicial de que es competencia de la Audiencia Nacional.
Más todavía, apunta otra magistrada, "están deteniendo por la presunta intención de “subvertir el orden constitucional” a gente que en realidad no lo pueden subvertir de ninguna manera. En cambio, éste quería matar a Pedro Sánchez porque iba a sacar a Franco del Valle de los Caídos. Y eso sí que es subvertir el orden constitucional: pretender volver al franquismo o al enaltecimiento de la dictadura".
Así que esas 24 horas de falsas protestas de ignorancia sembraron la estupefacción entre abogados, jueces y fiscales. Más todavía cuando la Fiscalía de la Audiencia Nacional afirmó que no había elaborado informe alguno sobre el francotirador supuestamente porque ni los Mossos ni el juez le dieron traslado del procedimiento para que informase al respecto, pero que una vez conociendo el asunto "evita por el momento pronunciarse sobre la naturaleza de los hechos sin perjuicio de que lo pueda hacer en un futuro".
La realidad era todo lo contrario de la versión inicial que difundió la Audiencia Nacional
Ahora bien, cuando la Audiencia Nacional pasó de fingir desconocimiento a admitir todo lo contrario, el shock fue sísmico:
No sólo fueron puntualmente informados tanto el tribunal como la Fiscalía, sino que el magistrado Fernando Andreu debatió el tema con el juez de guardia en Terrassa y los dos quedaron en que era la Fiscalía quien tenía quien resolver el caso, así que se lo pasaron para que decidiera a la institución que mes y medio más tarde aseveraba no haber sabido nunca nada del asunto.
La verdad, pues, fue que los fiscales de guardia que estaban en Terrasa y los que estaban en la Audiencia Nacional mantuvieron varias comunicaciones y que después de consultar con la jefatura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional decidieron que el caso no era de su competencia y que por lo tanto la Audiencia Nacional no era competente para indagar los hechos. Ergo, habían estado mintiendo a la ciudadanía durante 24 horas. Evidentemente, a sabiendas.
Además, para quitarse de encima toda responsabilidad, el tribunal subrayó que "en cualquier caso era potestad del juez de Terrassa decidir si consideraba el caso como terrorismo y en ningún momento se inhibió para el caso fuese asumido por la Audiencia Nacional".
Esto último ya roza el ridículo. Que un juez de instrucción de provincias sea el que tiene la última palabra, cuando debate con un veterano magistrado de la Audiencia Nacional, sobre quién es competente para instruir una amenaza de magnicidio –que además es extraterritorial, puesto que el complot se efectúa en Catalunya pero el blanco está en Madrid– es más que absurdo. Es un despropósito.
"Eso no es así ni en sueños", afirma el magistrado más veterano de los consultados. "Ahí hay una relación patrón-marinero. Aunque formalmente el juez de Terrassa es independiente, es el de la Audiencia el que le argumenta que no es terrorismo y él, convencido o no, se lo queda".
Ahora bien, ¿por qué tanto empeño en no asumir el primer caso serio de lobo solitario que hemos padecido en España? ¿Por qué negaron haber tenido conocimiento de los hechos, como avergonzados de haber rechazado el asunto? Y ¿por qué se insiste en que un ultrafranquista, tirador entrenado y equipado con armas de guerra, no es terrorista aunque esté planeando asesinar al presidente del Gobierno?
La Audiencia Nacional tiene muchas cosas que explicar a la ciudadanía.
Carlos Enrique Bayo / Patricia López
Barcelona / Madrid
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