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18/7/18

EN POS DE LA VERDADERA JUSTICIA

¿Sabían que Bolivia es el único país del mundo en el que los jueces son elegidos por votación popular?

Aunque les cueste creerlo, cada seis años, el pueblo boliviano elige, por voto popular directo, a los 52 principales magistrados del Tribunal Constitucional


La primera vez que lo hicieron fue en 2011, y posteriormente en 2017.

Los jueces elegidos, al igual que el resto de las autoridades públicas del país, pueden ser revocados. Y su periodo de funciones abarca 6 años sin posibilidad de reelección.

A diferencia de otros procesos electorales, en las elecciones judiciales, los candidatos no deben estar adscritos a ningún partido político.

¿Saben por qué Bolivia optó por esa medida?


Porque el nefasto sistema neoliberal habia convertido al país en líder mundial en corrupción, pero ningún funcionario público era investigado o juzgado jamás.

Diputados y senadores de los distintos partidos políticos, en ocasiones a patadas y puñetazos, se distribuían los cupos de los tribunales de justicia, eligiendo así a sus allegados, quienes a su vez, correspondiendo al favor recibidor, ni investigaban ni juzgaban nunca a sus corruptos padrinos.

Fue ante el cinismo y la absoluta impunidad de los políticos, en un contexto de corrupción generalizada, que se optó por elegir a los magistrados por votación popular. Y así se dispuso en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en el año 2009.

¿Por qué la teoría política de la democracia occidental no permite la elección de jueces por votación popular?


La teoría política de la democracia occidental plantea, como uno de sus pilares básicos, la división e independencia de los tres órganos de poder del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Los integrantes del Legislativo y del Ejecutivo deben ser elegidos mediante votación popular, pero los integrantes del poder Judicial deben ser nombrados por los “representantes políticos de turno”.

Según se explica, esto es así para prevenir a los pueblos de la “tiranía judicial de las mayorías políticas circunstanciales”. Bajo este arcaico argumento, abogados como Zaffaroni o políticos como Macri, lograron repeler el reciente intento de democratizar la Justicia en Argentina.

Tras 200 años de vigencia de esta premisa, se constata que los sistemas judiciales son evidentes botines políticos; sirven para enriquecer y proteger con impunidad, principalmente, a políticos, empresarios y militares corruptos, y en no pocos casos para criminalizar también a los defensores de derechos. 

Los estados neoliberales llevan esta perversión a su máximo exponente.


En otros términos: la justicia es buena en la medida en que los jueces sean elegidos por los ricos, pero mala y populista si lon son por el pueblo llano.

Lo más aberrante del asunto, es que aún hay gente que asume esta falacia como verdadera.

Citizen Plof

27/6/18

COSAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El Tribunal Constitucional quiere reescribir la Historia


Sede del Tribunal Constitucional (Madrid)
España, año a año, va retrocediendo en materia de libertad de prensa. No lo digo yo, lo dicen organizaciones como Reporteros Sin Fronteras.

Entre los verdugos de esta libertad se encuentran tanto el Gobierno del Partido Popular (PP), con su deleznable Ley Mordaza, como los propios jueces.


Hoy es el turno del Tribunal Constitucional que, si ya de por sí tenía poco crédito por ser la expresión máxima de la politización de la Justicia, ahora riza el rizo queriendo reescribir la Historia.

El artículo que firma hoy mi colega Pablo Romero es una muy mala noticia para todo el mundo, incluidas las dos personas que creen que salen beneficiadas.

Pablo Romero, periodista

Que un juez obligue a un periódico a capar su buscador de noticias, su hemeroteca, para impedir que aparezcan hechos probados y verídicos del pasado es un atentando en sí mismo a la democracia.

La prensa no sólo es un pilar básico de cualquier democracia, sino que se ha convertido un instrumento esencial para la Historia.


Ampararse en el derecho al olvido para impedir que un@ pueda encontrar ciertas noticias porque a dos personas se les ha antojado que no se conozcan los hechos que protagonizaron en el pasado es de una desfachatez supina… más aún cuando se sabe que los hechos referidos se encuadraban en una operación de tráfico y consumo de drogas y que quienes desean ‘ser olvidados’ guardan parentesco con un conocido político y ‘miembros de la clase alta’. 

Podría haber bastado con desindexar las noticias del periódico en los buscadores como Google, pero no, el Tribunal Constitucinal (TC) ha traspasado la línea roja y, a mi modo de ver, ha pisoteado la Constitución que debería defender. 


Obligar a la prensa a modificar sus buscadores de sus hemerotecas es un despropósito, especialmente, porque la justificación para ello es el derecho al honor. No es el periódico quien deshonró a los procesados, sino éstos mismos cuando cometieron un delito.

¿Se imaginan que un terrorista de ETA que ya ha cumplido condena solicitara el mismo derecho al olvido? Apuesto a que much@s de l@s que hoy defienden la sentencia del TC se llevarían las manos a la cabeza, pero no se equivoquen, se trata de la misma casuística.


Corren malos tiempos para el periodismo, con continuas cortapisas de las élites poderosas, con  precariedad hasta el tuétano de los huesos, con presiones, amenazas y querellas huecas que empozoñan nuestra labor… y ahora, además, con el capricho de un Tribunal Constitucional que el día menos pensado manda quemar el Archivo Histórico Nacional por aquello del derecho al olvido.

FUENTE: publico.es
Pozos de Anarquía
David Bollero
26/06/2018

Lo de ocultar unos hechos probados para que no perjudiquen a determinadas personas, más que una desfachatez, a este ciudadano lo que le parece es una auténtica "fachatez".

18/8/17

LA JUSTICIA ESPAÑOLA SE LUCE OTRA VEZ

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de amparo de Juana Rivas por no cumplir con el requisito exigido por Ley, al no haber agotado la vía judicial previa.


El desemparo judicial de Juana Rivas es total, hasta el punto de haber tenido que huir de la propia Justicia, que la obliga a entregar a sus hijos de once y tres años de edad, respectivamente, a su expareja, el padre de los críos, condenado en el año 2009 por maltrato.


Los abogados de Juana Rivas, habían presentado el recurso el pasado lunes por supuesta vulneración de los derechos fundamentales de su defendida, la madre en cuestión, residente en Maracena (Granada) que ha incumplido la orden judicial por la que, el pasado miércoles, debía haber entregado los niños a su padre para que regresaran con él a Italia, donde tiene fijada su residencia habitual. No obstante, Juana Rivas, nunca acudió, encontrándose en la actualidad en paradero desconocido.


Lo único que resulta incuestionable en este caso es el gran apoyo popular.

Y este ciudadano cabreadísimo se pregunta:


¿No deberían prevalecer los intereses de los menores y evitar la posibilidad de un daño irreparable?

¿La Justica no verá estas cosas por culpa de la estúpida tupida venda? 


Citizen Plof (M.C.E.E.C.)

9/6/17

A BUENAS HORAS, MANGAS VERDES

El Tribunal Constitucional anula la amnistía fiscal de Montoro de 2012


La regularización fiscal legitima el fraude y supone la “abdicación del Estado” de sus obligaciones, según el TC. La sentencia no tiene efecto sobre los contribuyentes que ya han regularizado su situación con Hacienda.

Seu del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la amnistía fiscal de 2012, por la que muchas personas regularizaron el dinero que tenían en el extranjero y en paraísos fiscales.

Así lo ha adoptado por unanimidad el Pleno del TC al estimar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso contra la amnistía fiscal de 2012 impulsada por el ministro Cristóbal Montoro.

Cristóbal Montoro

La anulación del TC no afectará a las regularizaciones tributarias firmes, en aplicación del principio de seguridad jurídica que protege la Constitución, indica el alto tribunal.

El TC critica duramente al Gobierno de Mariano Rajoy, por aprobar una norma que “supone la abdicación del Estado” en su deber de requerir que todos los ciudadanos sostengan los gastos públicos.

Mariano Rajoy

El Constitucional considera que la amnistía fiscal (aprobada por el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo) vulneró la Constitución. En concreto, el artículo 86.1 que prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten “de forma relevante o sustancial” a los deberes consagrados en el Título I de la Constitución, como es el caso del “deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos”.

El PSOE recurrió en amparo ante el TC al considerar que la ley vulneraba el principio de igualdad entre españoles.


El Real Decreto-ley anulado permitió que los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Sociedades (IS) que no declararon todas sus rentas presentaran una declaración para regularizar su situación tributaria.

El tributo era además ventajoso para estos evasores fiscales, porque sólo se aplicaba un 10%, sin imposición de recargos ni sanciones penales o administrativas (sólo existen las penales cuando el dinero es de procedencia ilícita).


Montoro sostiene que el proceso de regulación consiguió hacer aflorar 40.000 millones de euros.

Entre los ilustres evasores fiscales que regularizaron su situación estaban miembros de la familia Botín; el exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional y ex ministro de Economía Rodrigo Rato, el extesorero del PP Luis Bárcenas; Oleguer y Josep Pujol; Diego Torres, exsocio de Urdangarin; Micaela Domecq, mujer del comisario europeo Miguel Arias Cañete; Fernando Martín, expresidente de la fallida constructora Martinsa-Fadesa; el ex líder del SOMA-UGT, José Ángel Fernández Villa… Y Edmundo Rodríguez Sobrino, ex consejero de La Razón encarcelado por el caso Lezo.


El TC critica duramente al Gobierno por abdicar en la lucha contra el fraude fiscal en plena crisis económica. Y eso que la sentencia ha tenido como ponente a Andrés Ollero, jurista y diputado del PP durante 17 años.

“En lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal” y so pretexto “de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica”, el decreto-ley “supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos”.



Con esta norma, según el TC, se legitima “como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir.

El objetivo de conseguir una recaudación que se considera imprescindible no puede ser, por sí solo, causa suficiente que legitime la quiebra del objetivo de justicia al que debe tender, en todo caso, el sistema tributario, en general, y las concretas medidas que lo integran, en particular”.


El decreto-ley contiene una disposición adicional muy criticada por el TC: “no se limita a excluir las consecuencias accesorias de la responsabilidad tributaria, esto es, los intereses de demora devengados por el retraso en el cumplimiento de la obligación tributarias, las eventuales sanciones derivadas de los incumplimientos cometidos o, en su caso, los recargos debidos por el cumplimiento voluntario tardío; excluye también, de forma muy importante, la propia responsabilidad tributaria generada y pendiente de cumplimiento”.

En conclusión, el decreto del Gobierno de Mariano Rajoy afecta “a la esencia del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos” que recoge la Constitución Española (artículo 31.1).


Esta norma alteró “sustancialmente el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes en nuestro sistema tributario según los criterios de capacidad económica, igualdad y progresividad. Al haberlo hecho así, es evidente que no puede introducirse en el ordenamiento jurídico mediante el instrumento normativo excepcional previsto” del decreto-ley.

Esta declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012 “hace innecesario entrar a conocer de la lesión de los principios de capacidad económica, igualdad y progresividad” recogidos también en la Constitución y que alegaban también los diputados socialistas en su recurso.



La sentencia del TC supone todo un varapalo al Gobierno de Mariano Rajoy, que desde hace cinco años recurre con frecuencia al uso del decreto-ley para aprobar normas. El TC tiene fijado en su jurisprudencia que el uso del decreto-ley tiene un doble límite. Por un lado, debe concurrir una extraordinaria y urgente necesidad. Por otro, no puede afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos protegidos por el Título I de la propia Constitución, como ha ocurrido en la amnistía fiscal de 2012 del PP.

FUENTE: publico.es
Julia Pérez
08/06/2017

Esperaron cinco años para anular la aministía fiscal, justo cuando ya había prescrito. Todo ello para no perjudicar a familiares, amigos, conocidos, etcétera.

Hay que ver cómo nos vacilan... y cómo lo permitimos.


¡Pís!

11/2/17

EL PASTELEO

La 'Grosse Koalition' coloca a sus favoritos en el pasteleo para el nuevo Constitucional

Los dos grandes partidos se reparten los cuatro puestos que debe elegir el Senado a propuesta de los parlamentos autónomos. Parten como favoritos Alfredo Montoya y Ricardo Enríquez, por el PP, así como María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido, por el PSOE.

Los doce miembros actuales del Tribunal Constitucional...
Sólo hay dos mujeres, y una de ellas deja el cargo.

El PP y el PSOE han culminado este viernes su pacto para el reparto al 50% de los cuatro miembros del Tribunal Constitucional (TC) que debe elegir el Senado a propuesta de los parlamentos  autónomos. 

Por el PP parten como favoritos al catedrático Alfredo Montoya y al magistrado Ricardo Enríquez. Por el PSOE, la catedrática María Luisa Balaguer y el magistrado del Supremo Cándido Conde-Pumpido.

La gran alianza entre las formaciones mayoritarias se ha replicado en los parlamentos autónomos, de tal manera que planean votar en el Senado a dos candidatos para cada uno. Tienen mayoría suficiente para lograrlo.

Mª Luisa Balaguer - Cándido Conde Pumpido (PSOE)
Ricardo Enríquez - Alfredo Montoya (PP)

El reparto de cromos ha culminado este jueves, cuando la Asamblea de Madrid ha elegido a Ricardo Enríquez (PP) y Cándido Conde-Pumpido (PSOE) como sus candidatos al Senado para la renovación del Tribunal Constitucional.

El debate resultó reñido, pero las grandes formaciones lograron sacar adelante a sus favoritos,  en una prueba más de la Grosse Koalition a la española que pactaron ambos partidos tras la caída de Pedro Sánchez al frente del PSOE.

Enríquez obtuvo 83 votos a favor, 26 en contra y 17 abstenciones. Y Conde-Pumpido fue elegido por 82 votos a favor, 24 en contra y 18 abstenciones.

Grosse Koalition a la española

Podemos defendió en la Asamblea de Madrid el "quebrar el techo de cristal" y cuestionó el que no se eligieran a mujeres para estos altos cargos. Mientras, Ciudadanos reclama una renovación profunda del sistema de elección.

El plazo para que los parlamentos autónomos entreguen al Senado sus candidatos finaliza este viernes, 10 de febrero. 

Enríquez es miembro delTC, donde entró en el año 2014 en sustitución del fallecido Francisco José Hernando. Es uno de los dos favoritos del PP.

Francisco José Hernando Santiago (1936 - 2013)

Por su parte, Conde-Pumpido es el magistrado más antiguo de la Sala de lo Penal del Supremo y exfiscal general del Estado en la etapa socialista. Su formación jurídica sería clave en el próximo TC, dado que la única penalista que existe ahora –Adela Asúa- cesa en su cargo por extinción de su mandato. 

La composición final del Constitucional decidirá recursos de gran trascendencia, como es el desafío soberanista catalán y las posibles condenas de Artur Mas, Francesc Homs, Joana Ortega e Irene Rigau por la convocatoria de la consulta del 9-N.

La única mujer

 Mª Luisa Balaguer

La catedrática María Luisa Balaguer es la única mujer entre los cuatro favoritos, a pesar de que organizaciones como la Asociación de Mujeres Juezas hayan reclamado que los cuatro puestos fueran destinados a mujeres, dada la desigualdad existente: sólo habrá dos mujeres frente a diez hombres en el TC. Balaguer cuenta con el apoyo de Susana Díaz, presidenta de dicha autonomía y es candidata firme para uno de los cuatro puestos.

El presidente saliente, Francisco Pérez de los Cobos, ha logrado colocar a su maestro, el octogenario Alfredo Montoya Melgar, como candidato seguro por el PP. El argumento que ha esgrimido es la revisión de la reforma laboral de 2012 que debe realizar el TC y su aplicación, según fuentes conocedoras de estas negociaciones. 

Reparto de los puestos al 50%

Alfredo Montoya Melgar

Cándido Conde-Pumpido es el candidato que tiene más probabilidades por el PSOE. Sin embargo, hay voces socialistas que defienden a Ángel Juanes, propuesto por Extremadura. Ex presidente de la Sala de lo Militar y de la Audiencia Nacional, es el actual vicepresidente del Supremo y mano derecha de Carlos Lesmes, presidente del Consejo General del Poder Judicial. 

La clave de este pulso será si el PP quiere o no ‘cobrarse’ el veto del PSOE a nombrar a Andrés Ollero como presidente del TC. Ollero ha sido vetado por los socialistas por su larga y combativa trayectoria como diputado del PP. 

Malestar por el pasteleo

Ángel Juanes

Existe malestar entre los actuales miembros del Constitucional por el pasteleo entre PP y PSOE, que negocian hasta la presidencia, según fuentes jurídicas.

La tradición es que los vocales del TC elijan a su presidente entre los magistrados más antiguos del bloque mayoritario, en este caso conservador.

El próximo Constitucional estará compuesto por diez hombres y dos mujeres, la actual magistrada Encarnación Roca y Balaguer.

Encarnación Roca

En total, cesan Pérez de los Cobos y Asúa. Además, hay que reemplazar a dos integrantes fallecidos.

El PP y el PSOE han evitado todo acuerdo con el grupo parlamentario Unidos-Podemos- En Comú Podem-En Marea-Podemos, mientras que Ciudadanos se ha autoexcluido, a pesar de haber sido invitado a elegir a un candidato de consenso porque defiende “cambiar los requisitos de elección para endurecerlos y asegurar la independencia y la excelencia de los elegidos”, según fuentes de su Ejecutiva.

Pierde fuerza el vocal del CGPJ Gerardo Martínez Tristán, quien cuenta con el apoyo de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, no en vano su esposa fue consejera en Castilla-La Mancha.Tampoco han sido elegidos por parlamentos autonómicos Consuelo Madrigal, ex Fiscal General del Estado e Ignacio Astarloa, exresponsable de asuntos jurídicos del PP, que también se postulaban. 

El reparto del pastel

FUENTE: publico.es
Julia Pérez - Madrid
09/02/2017

12/9/16

CRECE EL PRESUPUESTO DE DEFENSA

El presupuesto de Defensa crece en más de mil millones hasta julio pese a no tener créditos extraordinarios

El Constitucional concluyó en julio que el uso del decreto-ley para el pago de armamento no está justificado: según la sentencia, el Gobierno debería tramitar una ley para aprobar los tradicionales créditos extraordinarios

 
Eurofighter del Ejército del Aire durante una maniobra de despegue. EA

El BOE recoge este miércoles el estado de la ejecución presupuestaria a 31 de julio, es decir, las modificaciones de los créditos asignados a cada partida en los Presupuestos Generales del Estado aprobados por el Congreso para este año. Una vez más, el presupuesto de Defensa es el que más engorda.

En concreto, a esa fecha, los créditos se habían aumentado en 1.162 millones, pasando así de los 5.788 aprobados en Las Cortes a 6.950. Esta cifra podría aumentar aún más, si tenemos en cuenta la tendencia de años anteriores, en lo que queda de 2016.


Este aumento de los créditos no es nuevo. Lo que lo hace diferente es que en esta ocasión el Gobierno no ha aprobado el también tradicional crédito extraordinario de verano destinado al pago de Programas Especiales de Armamento (PEAs), que suele justificar buena parte del engorde anual y que en julio fue puesto en duda por el Tribunal Constitucional.

En la sentencia, que responde a un recurso presentado por varios grupos parlamentarios (PSOE, IU, ICV, CHA y UPyD) contra el crédito de 2014, el Constitucional considera que el uso del Real decreto-ley para aprobar estos pagos no está justificado y anuló la decisión. Eso sí, no habrá marcha atrás para las transferencias ya realizadas y de presupuestos anteriores (2014 y 2015).



En el documento, el TC recoge palabras del propio Ministerio de Defensa en el Congreso: “No trata de dar cobertura a necesidades imprevistas, su finalidad es proceder al pago de compromisos contraídos en ejercicios anteriores", para justificar que no se trata de gastos que no se puedan planificar. En ese sentido, establece que, aunque no se puede saber exactamente a cuánto ascenderá la factura anual a la industria armamentística, sí se conoce el total a abonar hasta 2030: unos 29.500 millones de euros.

Además, asegura que la urgencia de la que habla el Gobierno, vinculada a que la imagen del país no resulte dañada por el impago de obligaciones como estas, se podría aplicar a cualquier sector y que no está justificado de forma suficiente en este caso concreto. Por todo ello, concluye que el Gobierno podría utilizar el trámite de una ley ordinaria y que no hay razones de "extraordinaria y urgente necesidad" que justifiquen el uso del decreto-ley.


Pedro Morenés, Ministro de Defensa en funciones

Así, si sigue este mandato, el Gobierno debería aprobar un proyecto de ley y llevarlo al Congreso para poder abonar las obligaciones de este año, algo difícil de asumir con un gobierno en funciones. Pese a todo, y sin esos créditos extraordinarios, el Ministerio de Defensa ya ha aumentado en más de mil millones su presupuesto inicial.

FUENTE: publico.es
Eva Belmonte / Civio
07/09/2016

15/11/15

AGUJETAS



Con la carrera que se ha pegado hoy el Constitucional con Cataluña verás tú mañana las agujetas para que se cumpla el derecho a vivienda.

 gerardo tecé

19/4/14

LA BANCA ES MÁS LISTA QUE LA DEMOCRACIA

El efecto más sobrecogedor de la decisión del Tribunal Constitucional de suspender la ley andaluza de vivienda promovida por la consejera de Izquierda Unida Elena Cortés, es la sensación de que todos los caminos para contrarrestar el ventajismo de la banca están cegados. El auto del TC deja la extraña sensación de ser derrotados sin haber tomado siquiera parte en la batalla. Suspender una ley no es anularla, es algo peor: es dejarla en el aire, ni viva ni muerta, en coma, sin otorgarle siquiera esa honor postrero que es la derrota.


El auto del Constitucional deja la sensación de que estos tipos de la banca siempre ganan: ganan incluso cuando pierden. O aún peor: puede que cuando más ganen sea precisamente cuando más parecen haber perdido. Ellos son los verdaderos amos del universo: los gobernantes que elegimos no son capaces de torcerles el pulso, y no porque algunos de ellos, como la propia Cortés, no lo intenten, sino porque el poder del dinero está muchísimo mejor organizado y es muchísimo más eficiente que el poder de los ciudadanos. Del mismo modo que los ricos siempre son más listos que Hacienda, la banca siempre es más lista que la democracia. El suyo es, además, un poder más blindado, más fiable, más seguro y concluyente que el poder democrático. El sistema financiero es lo más parecido a Dios que hemos inventado los hombres.


El auto del Tribunal Constitucional ha quedado siete a cinco, y eso que oyendo las proclamas de la derecha contra la ley andaluza se hubiera dicho que el partido contra Andalucía iba a quedar doce a cero. Siete magistrados comparten las tesis del Gobierno, fundamentalmente la de que la ley andaluza puede poner en riesgo la estabilidad financiera, mientras que cinco de ellos comparten las tesis de la Junta de Andalucía. Siete a cinco también es una derrota, pero su significado político es radicalmente distinto al de doce a cero que auguraban los listos. Siete a cinco significa que la ley impulsada por la consejería roja de Fomento y Vivienda de Andalucía iba bastante bien orientada, tanto como para que cinco prudentes magistrados así lo consideraran en su voto particular.


FUENTE: Andaluces.es
Al sur de la izquierda
Antonio Avedaño
16 abr 2014