En ocasiones a la Justicia se le para el reloj, queda anclada en el pasado y actúa fuera de la realidad y de su tiempo. Cuando esto ocurre sus decisiones pueden adecuarse a la letra de la ley sin que por ello dejen de ser arbitrarias y desproporcionadas, injustas en definitiva. Esto es lo que está ocurriendo con la valoración de los sucesos de Alsasua, una trifulca en un bar que tuvo como víctimas a dos guardias civiles y a sus parejas, una agresión que merece el reproche penal y debe castigarse con todo el peso de la ley pero sin trucar la balanza en perjuicio de los acusados.
El caso derivó en un conflicto de competencias resuelto por el Supremo, que adjudicó la causa a la Audiencia Nacional. Tras una instrucción relámpago, la magistrada dictó auto de procesamiento contra un grupo de jóvenes a los que atribuyó un supuesto delito de terrorismo en concurso con otros de lesiones, atentado y odio. Este martes la fiscalía daba a conocer su petición de penas. Solicita 50 años de prisión para siete de ellos por cuatro delitos de lesiones terroristas y 62 años para un octavo al que acusa además de amenazas. Las agredidos sufrieron diversas contusiones y uno de los guardias civiles tuvo que ser operado por una fractura de tobillo.
El criterio del fiscal y antes de la juez es que la paliza a los agentes no debe considerarse una reyerta sin más, sino parte de una estrategia coordinada por ETA desde los años 70 para inculcar en la población odio hacia la Guardia Civil. Dicha campaña, materializada en la campaña Alde Hemendik (fuera de aquí), estaría secundada en Alsasua por una asociación llamada Ospa Mugimendua, a la que estaría vinculados algunos de los inculpados.
Ocurre, no obstante, que ETA, a falta de su disolución formal, es hoy un triste recuerdo y siete años después del último atentado la sociedad vasca intenta construir un nuevo marco de convivencia con las dificultades que este proceso conlleva. En puridad, si se considera que los agresores de los guardias cooperan con ETA, la juez debería haberles procesado por integración en banda armada al tiempo que hubiera tenido que promover la ilegalización de su asociación.
Nadie se convierte en terrorista por compartir los objetivos de una organización como ETA o de su fantasma. Puede parecer reprobable defender la expulsión del País Vasco de policías y guardias civiles pero ello no implica necesariamente que sus partidarios sean terroristas, de la misma manera que no eran ladrones quienes veían con simpatía el atraco del Dioni al furgón blindado de Candi.
La consideración como terrorista de un delito exige dos requisitos previos, tal y como se encargó de precisar la Audiencia de Navarra al reclamar para sí la jurisdicción sobre los hechos. De un lado, que sea un delito grave, circunstancia que no concurre a la vista de las lesiones; y de otro, que su finalidad sea “subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas, obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, alterar gravemente la paz pública, provocar un estado de terror en la población o una parte de ella”, algo que tampoco parece deducirse de los propios atestados. Ambos requisitos han de ser además concurrentes.
Estamos, en consecuencia, ante un suceso cuyos autores –tres de ellos permanecen en prisión- deberían ser juzgados únicamente por delitos de lesiones y atentado, que nada tiene que ver con el terrorismo sino con agresiones o amenazas a los agentes de la autoridad. Ello no implicar minimizar su conducta, defender la impunidad ni menospreciar a sus víctimas. La Justicia, para serlo, requiere de proporcionalidad, que es lo que aquí está faltando.
FUENTE: publico.es
Tierra de nadie
Juan Carlos escudier
05/07/2017
Sí, parece que se han pasado de frenada:
"Terrorismo es otra cosa".
No banalicemos su significado.
Que caiga sobre los acusados
todo el peso de ley, pero justamente.
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