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24/5/18

EL REINO DE ESPAÑA Y DE LAS JONS


Ortega afirmó que los españoles se saltaron la época de la Ilustración y que, por tanto, nos falta un “siglo insustituible.” La Europa negra dejó de serlo gracias al esfuerzo de racionalización de las ideas y el afinamiento de las costumbres que fue la Ilustración. Sin embargo, la España negra posterior, al contrario, es el resultado de haber carecido en nuestra historia de todo lo que el siglo XVIII representó. A partir de ahí se inicia lo que Ortega llama tibetización de España, es decir, el aislamiento de nuestro país de los aires ilustrados que soplaban en el resto de Europa, mientras aquí no sólo seguíamos haciendo una burda filosofía escolástica y se obviaba la gran aventura de la ciencia moderna, sino que tampoco la nueva sensibilidad moral hizo mella en la península.

José Ortega y Gasset, filósofo y ensayista español

Es este alejamiento intelectual y moral de la corriente que configuró culturalmente a las naciones europeas lo que le hacía escribir a Manuel Azaña en plena guerra civil que “Las cosas españolas no quedan bien traducidas a una lengua extranjera, ni pueden, por tanto, entenderse rectamente con la simple traducción literal de los nombres. Así, siendo equivalentes las palabras, no denotan lo mismo.

Traducidas al idioma de cualquier gran país ciertas palabras, por ejemplo: regimiento, universidad, obispo, escuadra, catolicismo, masonería, ametralladora, general, escuela, reforma agraria, etc., la representación de lo español que adquiere el extranjero mediante la versión de tales palabras, es falsa.”

Manuel Azaña, presidente de la II República Española

No es de extrañar, por ello, que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena encuentre tanta incomprensión por parte de los jueces europeos en la atribución de delitos a los nacionalistas catalanes. 

Y lo más significativo y gravoso de estas “traducciones erratas” es que donde los jueces alemanes o belgas no ven delito tal como lo plantea el instructor del Tribunal Supremo, en el reino de España los “delincuentes” nacionalistas padecen prisión provisional sin posibilidad de remisión por un criterio poco homologable por la justicia europea. Es una parte de las “peculiaridades” que diferencian al reino de España del resto de las democracias: la continuidad histórica de un tiempo político y moral destinado a pasar.


Juez Pablo Llarena

La crisis del régimen de poder del 78, régimen construido para darle continuidad enjalbegada al franquismo sociológico, se produce cuando ya es imposible, mediante la apariencia y la propaganda devenida en uniformidad mediática, mantener el autoritarismo estructural del sistema bajo la traza de una democracia en exceso degradada. El régimen se atrinchera, para lo cual criminaliza el malestar y la protesta ciudadana, la discrepancia y la alternativa política, convirtiendo todo ello en materia de orden público y delito común.  

El hecho de que todos los resortes del Estado, en su vertiente más retardataria y coactiva, incluyendo la uniformidad en los partidos, con independencia de la autodefinición ideológica, se hayan volcado contra el nacionalismo catalán desde los elementos institucionales más represivos y autoritarios es porque éste se ha posicionado desde el tímido reformismo a la ruptura con el régimen de poder vigente.



Se podía haber producido este movimiento de ruptura democrática como decantación del conflicto social, sin embargo, la demolición controlada del mundo del trabajo por las mismas organizaciones políticas llamadas de progreso ha privado de instrumentos de autodefensa social a las clases populares, así como el control por las minorías económicas de los mass media y la industria cultural, mediatiza la influencia de los intelectuales con compromiso social en favor de los adocenados y complacientes con el sistema. 

Cataluña es el foco, sin embargo, el ciclo represivo del régimen de la Transición es global y los poderes del Estado, ejercidos ya sin atrezo, sujetos al concepto predemocrático de: unidad de mando y diversidad de funciones, no supone ya la judicialización de la política, sino, además, la abolición de la misma como instrumento de convivencia democrática y ejercicio libre de la voluntad de la ciudadanía.

El engaño de la Transición

FUENTE: nuevatribuna.es
Juan Antonio Molina
19/05/2018



Hinchados como pavos, con sus collares, medallas y otras mariconadas.

2/12/17

LA CUESTIÓN MONÁRQUICA

Con el 155, la cuestión monárquica

El rey Felipe VI avalando la aplicación del Artículo 155

Es bastante sintomática la respuesta política que acaba de dar Juan Luis Cebrián, intelectual orgánico del Régimen del 78, a la pregunta formulada por la revista Vanity Fair, en su número de diciembre: ¿Qué opina del papel del Rey Felipe VI en la crisis catalana?. Tras recordar que la monarquía en el siglo XXI sólo tiene sentido si es útil, precisa,  “su padre se ganó el puesto en la noche del 23-F, y en este país todavía hay que ganarse el puesto”, como si el periodista pensara que el hijo había desperdiciado la noche del 4 de octubre, encabezando la aplicación del 155 a Cataluña, el capital político ganado entonces por  Juan Carlos. Pero como tenemos claro que Cebrián, recién defenestrado del principal lobby mediático del bipartidismo dinástico, no piensa así, cabe interrogarse acerca de las concretas razones que parecen hacerle dudar sobre la utilidad de la figura del Rey.


Es un hecho que en las urnas catalanas del 21-D subyace la cuestión monárquica permanentemente aplazada desde la lejana muerte del general Franco. No se plantea en estas elecciones un referéndum sobre monarquía o república, como el que en 1947 celebraron los italianos ajustando así cuentas con los Saboya que habían apoyado la dictadura fascista de Mussolini, pero, objetivamente la batalla electoral enfrenta a tres partidos monárquicos contra cuatro republicanos. Desde las elecciones municipales de 1931 no ocurría nada semejante. Es evidente, que si el actual Jefe del Estado no se hubiera ajustado el gorro brumario de Napoleón Bonaparte capitaneando la ofensiva represiva contra el desafío político de la Generalitat y tomando partido por el gobierno de Rajoy, esto no sucedería. Desde el mismo momento en que optó por abandonar su necesaria función arbitral y decidió ser juez y parte, entró, volens nolens, en la contienda electoral.


Si la reforma del artículo 135 de la Constitución, que subordina el gasto social al pago de la deuda con la banca alemana, pudieron realizarla Rajoy y Zapatero de espaldas a  los ciudadanos, que en ningún momento tuvieron la oportunidad de pronunciarse; en cambio, ahora, Rajoy, Sánchez y Rivera con la aplicación del artículo 155 a Cataluña no pueden reeditar esta misma operación, puesto que los catalanes van a aprobarlo o rechazarlo con su voto. Solucionar las graves crisis sociales y territoriales con la represión, desde el “cueste lo que le cueste” a los de abajo, es la peor traducción de un despotismo bipartidista no muy ilustrado, por no decir que nada dado el perfil intelectual de la Moncloa y Ferraz. Grave es que la Constitución se defina hoy por esos malditos 155 y 135, corsés de hierro para la soberanía popular, pero mucho peor es que la Monarquía se sustente en esos dos artículos, cuestionados por millones de progresistas y nacionalistas.


Lamentablemente, el caos interno que preside al trío dinástico, Rajoy, Sánchez y Rivera, empuja al Rey en la misma dirección. La creciente podredumbre del PP, la insoportable levedad del ser del PSOE que siempre gira como una veleta según el viento de la diestra, y el aventurerismo de CS, con el nacionalpopulismo como bandera, tiende a reforzar al Jefe del Estado en el papel de líder de la derecha que en muy mala hora, las 9 de la noche del 4 de octubre, decidió asumir. Tanto es así que el aparato de Estado, sobre todo el afincado en Justicia e Interior, da señales inequívocas de pasar de la partitocracia interpretando según su visión corporativista el interés de Estado. El estado de la cuestión es cada vez más, empleando la terminología de Vázquez Montalbán, una cuestión de Estado. El nombramiento del Fiscal General Sánchez Melgar, desautorizado anteriormemte por los tribunales de la Unión Europea, refleja este rompecabezas estatal.


Un político moderado e inteligente como Ortúzar, presidente del PNB, lo acaba de resumir en las dos condiciones que establece para poder plantearse votar a favor de los Presupuestos Generales de Montoro: la liberación de los presos políticos catalanes y el fin de la aplicación del 155 a la sociedad catalana. De no producirse estos dos necesarios gestos políticos, el Rey se verá cada vez más empujado a ser el monarca de la derecha, tal como lo lleva siendo desde el pasado discurso del 4 de octubre. Si se estanca la crisis catalana, si se mantiene el estado de excepción y se polariza la grave crisis social, como consecuencia de los nuevos anunciados recortes sociales en sanidad, educación y pensiones, la suma de la crisis del bipartidismo añadida a la crisis del Gobierno de Rajoy y de la muy leal oposición de Sánchez al Gobierno de su Majestad, se agudizaría la crisis de la Monarquía.


Sería un proceso tan imparable como irresistible si la involución, protagonizada por la derecha, no es frenada por las fuerzas de progreso. Si se involuciona hacia la etapa preconstitucional, desde la muerte del dictador a la II Restauración de los Borbones, nada más coherente que el retorno a la Monarquía preconstitucional en la que el interés de Estado se confundiría con los de los partidos dinásticos y los del turno rotatorio de gobiernos.


Si, finalmente, fuese así, este conjunto de crisis que hoy comienza a estallar en España desembocaría en esa interrogante sobre la utilidad del Rey que empieza a plantearse hasta alguien tan poco sospechoso de antimonárquico como lo es Juan Luis Cebrián. Estallaría entonces la cuestión monárquica en un país como España en que, tanto la derecha como la izquierda, ha sido históricamente accidentalista sobre la forma del Estado.

Juan Luis Cebrián

FUENTE: publico.es
El desconcierto
Fernando López Agudín
28/11/2017

Vengo a razonar que la monarquía es una antigualla, una reliquia del pasado que, en pleno siglo XXI, ya no debería existir, pero... "doctores tiene la Iglesia".

Decía mi abuelo Juan que los únicos reyes buenos eran los Reyes Magos (cita ya referenciada en mi entrada de fecha 06/01/2011). Y yo, desde las postrimerías de mi infancia pregunté:

- ¿Porque traen regalos?

- ¡No, coño!... ¡¡¡Porque no existen!!!


30/11/17

EL ESTADO COMO ENEMIGO DE LA NACIÓN

Diferencia entre acracia y anarquía



Un anarquista procura la destrucción de todo orden social. Un ácrata no acepta la autoridad impuesta, exige poder decidir el orden en el que quiere vivir, que no se lo den hecho, enlatado y listo para su consumo como sucedió en 1978, cuando, a la muerte de Franco, el franquismo decidió que éste era el régimen que nos iba a imponer, nos gustase o no, porque era el que les permitiría expoliar España entera y todos sus recursos naturales y humanos.

Vamos a repetir una vez más los pocos conceptos básicos que animan nuestra labor a fondo perdido:



--El Régimen del 78 es un fraude miserable contra el que luchamos con todas nuestras fuerzas desde enero del 2006. Un fraude que inexorablemente deriva hacia la fragmentación del territorio español en pequeños estados independientes partitocráticos.

--La NACIÓN no es el Estado. El Estado español no puede apropiarse de la Nación Española por mucho que lo intente. En un sistema democrático, la NACIÓN LEGISLA y el ESTADO EJECUTA lo legislado, pues se trata de un cuerpo meramente funcionarial.



--Abominamos del BISAGRISMO, que es el exceso de poder que se otorga en partitocracia a las facciones capaces de dar el Gobierno a uno u otro candidato. Es el pueblo español el único que tiene derecho a designar al Presidente, cuyo mandato queda circunscrito a la ejecución de las leyes que se dé a sí misma la Nación Española.

--El poder, cuanto más lejos, mejor. Por eso estamos en contra de las autonomías, que son delegaciones de proximidad del Estado opresor que asfixian la economía y a la Libertad de los individuos.



--Las autonomías son agentes destructivos de la Nación. La prueba de su perniciosidad es que no satisfacen a nadie: En Cataluña no quieren la autonomía los españoles que allí viven, porque la han sentido siempre como un instrumento de opresión lingüística y laboral. Y los catalanes tampoco, porque les parece poca cosa. Las "autonomías históricas" no sirven más que para dividir a los españoles y para expoliar las arcas del Estado.

--Los cargos políticos incrustados en el Estado son agentes del Estado contra la Nación. Estamos en contra razonadamente de que todo partido se represente únicamente a sí mismo, ni siquiera a sus votantes, en el Parlamento.




--Propugnamos una República Asamblearia Constitucional. La República Constitucional de Trevijano se adapta a nuestras pretensiones, sobre todo tras su depuración sobre el control del diputado, convertido en un recadero del voto ciudadano de su pequeña circunscripción. La teoría política nos ampara. Y la razón. Pero estamos dispuestos a estudiar cualquier propuesta si se nos permite rechazarla.

--Propugnamos la Democracia Representativa, no la filfa partitocrática. Cada 60.000 españoles, independientemente de su ideología, sean independentistas, monárquicos o internacionalistas, tendrá un diputado al que ordenar lo que debe votar en Madrid en cada momento. Ese diputado tienen que ganarse el sueldo: Asistir a cuantos encuentros sectoriales le ordenen, laborales, ecologistas, mancomunados o lo que sea oportuno.



Y EL SUELDO SE LO PAGARÁ SU CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL, no el Estado.

--Cada español tendrá como representante político sólo a un alcalde y a un diputado. Ambos electos a poca distancia. Con el poder ejecutivo MANIATADO a la observación estricta de la legislación de la Nación.




--Debe abrirse un Período Constituyente para informar a la Nación Española antes de decidir el sistema político que prefiere. Hacerle entender que tiene derecho a ello: que la Nación no es el Estado. El Estado no puede legislar. Es antinatural y oprobioso. Es la Nación, el pueblo que la constituye, el que debe legislar a su libre albedrío. Todo sistema que no sea representativo es un enemigo de la Libertad.

--Cualquier reforma de la Constitución del 78 será un fraude
perpetrado por los partidos de espaldas a la Nación.



--Aún en una República Constitucional quedará mucho trabajo por hacer:

1. Dotar a las asambleas diputacionales de poder imperativo sobre sus diputados respectivos, incluyendo su destitución y sustitución por el segundo clasificado en la elección a doble vuelta, que actuaría como diputado suplente.
2. Impedir que los partidos infiltren consignas en las asambleas. Las propuestas deben estudiarse prestando atención al debate. Y ser votadas en conciencia por todos los electores en defensa de sus intereses .
3. Lograr que las circunscripciones electorales se adapten al territorio comarcal --la comarca es una circunscripción natural--, aún al precio de que el peso del voto de cada diputado en el Parlamento Español sea diferente.
4. Lograr que el número de diputados no se reduzca a 350, sino al número necesario. En España hay un cuerpo electoral de unos 36 millones y medio de personas. Las circunscripciones podrían ser unas 600 con un número de electores promedio de algo más de 60.000 personas cada una. Es una cifra razonable para que todos los electores conozcan bien a los candidatos, sus trayectorias personales, y poder elegir a gente honrada, sea o no de un partido político.
5. Lograr que las grandes ciudades se dividan en circunscripciones por barrios con problemáticas diferenciadas.
Este es nuestro diseño acrático. Ésta es nuestra República.


Como es muy peligrosa para el statu-quo partitocrático, esperamos que nos llamen de todo: desde fascistas a españolistas por un bando hasta revolucionarios marxistas o utópicos por el otro.

Eso no nos importa. No estamos aquí para incorporarnos al juego político partidario, sino para ganar la Libertad. Y os pedimos a todos los españoles que pongáis en ello todo vuestro empeño.



Salud y acracia.

FUENTE: acratas.net


¡Ah! Que no se me olvide una cosa: 

la libertad no se pide, no se mendiga... 

¡¡¡SE TOMA!!!

24/9/17

A LA SOMBRA DE "LA GALLINA"

Un país a la fuerza nunca tendrá futuro. Es lo que le ocurre a éste. Los españoles nos enfrentamos a ese gravísimo problema aunque muchos se nieguen a verlo e incluso a querer entenderlo. Esta España en la que vivimos está cimentada en una mentira, en un engaño, en una falsa transición teñida de democracia, que sustenta un régimen político corrupto hasta la médula.


Todo ello porque no nos hemos atrevido a limpiar las cloacas del anterior Régimen que, por la fuerza de las armas, tras una contienda bélica de infausto nombre, se hizo con el poder hace casi 80 años, y que, a la sordina, todavía sigue detentando a través sus múltiples correligionarios y afines, convenientemente disfrazados de "demócratas de toda la vida".

Es muy posible que al gobierno pepero "el tiro catalán" le salga por la culata.Y es que "amores a la fuerza, no pueden ser". La convivencia y la armonía son cosa de diálogos, acuerdos y caricias, y no de mamporro y tentetieso.

Cosas de la "Ley Mordaza"

Junto con la derecha más rancia, la monarquía, metida al estacazo en el paquete constitucional que nos endilgaron, también se tambalea, y es que la Tercera República asoma la patita por debajo de la puerta. Y, lo que son las cosas, se lo vamos a tener que agradecer a Mariano Rajoy.


Tomando prestada una frase de "Un Republicano Constitucionalista":

 - El Régimen del 78 se acerca a su fin. Descansemos en paz.


Citizen Plof

22/10/13

DIFERENCIA ENTRE LA REPÚBLICA Y EL REGIMEN DEL 78

Cinco puntos constitucionales que marcan la diferencia entre la República y el régimen del 78

Rafael Escudero, profesor de Filosofía del Derecho, publica 'Modelos de democracia en España 1931 y 1978', una obra que nace con la "pretensión de proporcionar al lector claves e instrumentos" para comparar las dos constituciones españoles del siglo XX y recuperar parte de la herencia republicana 

Detalle de la portada del libro 'Modelos de democracia en España 1931 1978', de Rafael Escudero.
Detalle de la portada del libro de Rafael Escudero

1. Una democracia participativa y una democracia de baja intensiva 

 La participación ciudadana en la toma de decisiones que afectan a la colectividad denota la calidad de todo sistema democrático y afecta al grado de compromiso que las personas adquieren con él. "De la mayor o menos distancia entre la ciudadanía y los núcleos de poder, del fomento o no de herramientas democráticas que vayan más allá de elegir a sus representantes políticos cada cierto tiempo, dependerá una mayor implicación e identificación de las personas con el sistema", escribe Escudero.

El texto constitucional republicano buscó consolidar los mecanismos a través de los cuales la ciudadanía pudiera ejercer la soberanía directamente. Escudero señala dos mecanismos. Ambos contemplados en su artículo 66. "El referéndum sobre leyes votadas en las Cortes y la iniciativa legislativa popular" 

La Constitución del 78, por su parte, no establece la figura del referéndum legislativo que sí contemplaba el texto de 1931. "Así pues, la diferencia es notable desde un prinicpio. El texto actual sólo establece la obligatoriedad de consultar a la ciudadanía mediante referéndum vinculante en los casos de reforma del núcleo duro de la Constitución y para la aprobación y reforma de algunos estatutos de autonomía", escribe.


2. El subdesarrollo en derechos de la Constitución de 1978

La República trajo consigo la incorporación de los llamados derechos económicos y sociales, incluyendo específicas referencias a los grupos y colectivos más desfavorecidos de la sociedad de la época, las mujeres, los trabajadores o la tercera edad, entre otros. El resultado es la constitucionalización del elenco de derechos más amplio de la historia española.

La constitución de 1978, por su parte, introduce un extenso catálogo de derechos económicos, sociales y culturales ordenados según el nivel de protección que el Estado les otorga. En el tercer y último escalón de derechos, la Constitución del 78 hace referencia a los 'Principios rectores de la política social y económica'. Dentro de estos principios el, el texto constitucional incluye el "progreso social y económico y para una distribución de la renta regional", la garantía de "la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo", el derecho a la "protección de la salud" o "el acceso a la cultura" y la promoción de "la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general", entre otros.

A pesar de esta inclusión en el texto constitucional, estos supuestos derechos de la ciudadanía española no gozan de amparo judicial, dado que solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que lo desarrollen (art.53.3). Sin embargo, hecha la ley, hecha la trampa. La legislación que desarrolla estos supuestos derechos no es requisito necesario para su regulación.


3. El Estado laico frente al supuesto Estado aconfesional

La actual regulación constitucional en materia religiosa está presidida por el principio de aconfesionalidad del Estado español. Se consagra en el artículo 16.3 de la Constitución que, si bien afirma que ninguna confesión tendrá carácter estatal, señala también que "los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones.

Para Escudero, este último inciso es el que "impide avanzar" actualmente "hacia un Estado laico" y es clave para "entender la posición que la Iglesia católica ocupa en el escenario político y social diseñado a partir de la Transición". "Cuando argumentan en defensa de sus privilegios, sus dirigentes recurren precisamente a las palabras del artículo 16.3. Y en parte no les falta razón, dado que fue la voluntad del constituyente garantizar la presencia activa de la Iglesia católica en los foros públicos y contribuir decididamente a su financiación".

La llegada de la República, sin embargo, se celebró como la ocasión con la que terminar con la excesiva influencia de la Iglesia tanto en la vida pública como en la educación. Trató de cambiar "radicalmente el statu quo y situar a la Iglesia en los márgenes propios de su misión espiritual". "Esto sólo podía hacerse a través de la configuración de un Estado laico", escribe.


4. La soberanía popular (pueblo) frente a la soberanía nacional (nación) 

Las dos constituciones recogen en su articulado el principio de la soberanía popular. La Constitución de 1931 establece en su primer artículo que todos los poderes de la República emanan del pueblo y, consecuentemente con ello, en el pueblo reside la potestad de crear leyes y en el presidente de la República la personificación de la nación. Establece, por tanto, el principio fundamental de la soberanía popular.

Por su parte, la actual Constitución señala que la "soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado". Aunque los dos textos aluden, con diferentes expresiones, al principio de soberanía popular, los términos utilizados, opina el autor, marcan la diferencia entre el espíritu de ambos.

La constitución republicana señala en su primer artículo que "España se constituye en una República democrática de trabajadores de toda clase". Escudero analiza la frase destacando dos claves. Aparecía por primera vez el concepto de "democrática" en un texto constitucional español y lo hacía acompañando al concepto de "República", una forma de Gobierno contrapuesta a la Monarquía, que tantas veces ha estado unido en la historia española a la "ausencia de democracia".


5. Una constitución transformadora, frente a una Constitución continuista. 

La Constitución de la República, escribe Escudero, lejos de configurar un programa utópico o irreal, contenía lo máximo a lo que se podía llegar por la vía del reformismo en la España de la época en términos de políticas sociales y avances democráticos. El espíritu de aquel texto constitucional de 1931 trató de romper las ataduras que habían llevado a España al desastre en que se encontraba a comienzos del siglo XX, para así construir una sociedad más libre, igualitaria, solidaria, participativa y responsable.

La Constitución de 1978, sin embargo, no pretendió transformar de raíz la sociedad española. El texto constitucional del 78 tenía por objetivo salir del franquismo de la manera más airosa posible. Trató de configurar un régimen democrático, basado en el principio de la soberanía nacional, y se recogió un catálogo de derechos humanos. Sin embargo, relata el autor, la brutal represión, la continua propaganda antirrepublicana, la violencia política ejercida durante toda la dictadura y la presión constante de los sectores reacios a cualquier cambio político agrupados en lo que se ha venido a denominar el búnker o el "partido militar" determinaron en gran medida el devenir del proceso constituyente caracterizado por la aprobación de la Constitución de 1978.

Prueba de ello, escribe Escudero, es la "clara y rotunda" defensa de la Constitución de instituciones como la monarquía o "cuando reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, mientras que su redacción se torna confusa y atropellada cuando se trata de diseñar la organización territorial del Estado o a la hora de regular los derechos económicos y sociales, es decir, los relacionados con las condiciones reales de igualdad entre las personas".



DATOS EXTRACTADOS DE: Público.es
Alejandro Torrús - Madrid  - 07/10/2013

COMENTARIOS:

La principal diferencia y que no se nombra es el origen:
La republica fue una elección libre de los ciudadanos. El régimen del 78 fue una trampa del franquismo para aparentar una democracia que, con el tiempo, nos hemos dado cuenta que no existe. 

MICHAEL HARTMANN 
Yo creo que la mayor diferencia está en que después del 78, el franquismo consiguío sobrevivir: a través de su brazo político (el PP), del monárquico del Borbón, y del espiritual-eclesiástico de Rouco-Varela. 

SANTIAGOCG 
Total, que 80 años después, se nos confirma que la II República sigue estando por delante de nuestra constitución en derechos, deberes y libertades.
Salud.

Analizando ambas constituciones, este ciudadano cree que el principal motivo que desencadenó la guerra civil española, entre otros imponderables, fue que el artículo 3 de la constitución republicana expresara: "El estado español no tiene religión oficial" (cosa que los "los de siempre" no estaban dispuestos a soportar), y la posterior aprobación de la ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas, que obligaba a la Iglesia a declarar su actividad económica, al tiempo que se le prohibía la impartición de la enseñanza, que pasaba a manos del estado. Haberla desposeído, de golpe y porrazo, de su poder secular de manipular conciencias, llevó a la Institución, a decantarse a favor de los sediciosos y bendecir su "cruzada".