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10/12/17

EL ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN

 

Días atrás, en la conmemoración del 39 aniversario de la Constitución Española, el periodista Manolo HH, conductor del programa matutino "España vuelta y vuelta" de RNE, entrevistó al prestigioso constitucionalista europeo Jorge de Esteban, y de esa entrevista (cogida al oído) quiero entresacar algunos interesantísimos razonamientos.

Jorge de Esteban

- La Constitución del 78 se diferencia de todas las anteriores constituciones que ha habido en España porque tiene una serie de virtudes, al mismo tiempo que un grave defecto que estamos pagando, y es que no resuelve el modelo de estado que especifica en su Artículo Octavo; es decir, que 39 años después sigue sin resolverse el Estado de las Autonomías.

- Creo que fui el primero en decir que la Constitución Española estaba inacabada, ya que, el modelo del estado, que es lo más grande que hay dentro de la organización constitucional, no se sabía cuál era. Habla de las autonomías, cuando éstas aún no existían.

- En lo que se refiere a la reforma de la Constitución, hay dos tipos de reformas que pueden llevarse a cabo: las consideradas corrientes o normales y las grandes reformas. De estas últimas no se ha hecho ninguna, ya que, existe la idea en nuestro país de que tocar la Constitución es casi pecado mortal.

- Por ejemplo, la bandera española actual no es una bandera constitucional. ¿Por qué?... pues sencillamente porque dice la Constitución, en el Artículo Tercero, que es "roja, gualda y roja" pero no habla de ningún escudo, por lo que se tuvo que hacer una ley posterior que incorporó el escudo a la bandera, pero lo que se tenía que haber hecho era reformar el artículo de la Constitución.


- Usted hizo, por encargo de Felipe González un proyecto de constitución sobre las bases de un estado federal. ¿Cree usted que sería esa la solución para este país, o quizás la de darle más competencias a las nacionalidades históricas?

- En aquel momento se podría haber creado un estado federal en el que todas las comunidades o estados hubieran tenido las mismas competencias y los mismos derechos, pero ha pasado el tiempo, y después de esos casi 40 años, lo que queda bien claro es que existe una lucha enorme en España entre dos tendencias: la de Cataluña y el País Vasco, de querer ser diferentes de las otras comunidades autónomas (no en cuanto a derechos sino a competencias), y el resto, que quieren que todas sean iguales.

Es una cuestión muy difícil de resolver, ya que, tanto Cataluña como el País Vasco tienen tras ellas una historia y un idioma propio que exige una diferenciación.

- ¿El Artículo Octavo es el único garbanzo negro que tenemos en la Constitución?

- Una consecuencia del Artículo Octavo es el Senado. Un organismo que no sirve absolutamente para nada, que es un auténtico despilfarro y encima está sobredimensionado. Con un senador por princia habría más que suficiente, en lugar de los 270 actuales.

Senado

- ¿Es el Artículo Octavo un cáncer para nuestra democracia?

- Lo ha sido y lo sigue siendo. Sólo hay que mirar lo que está ocurriendo en Cataluña; todo ello consecuencia de un Artículo Octavo mal pensado, mal digerido y mal planificado.

- ¿Todo lo qué está pasando en Cataluña, se veía venir?

- Yo sí lo vi venir, y se puede comprobar en mi libro "El naufragio del estado autonómico" donde, desde 1980 hasta ahora he señalado todos los fallos que iban ocurriendo.

- ¿Fue un error lo de "café para todos"?


- Claramente. Cuando se comienza el proceso constituyente había tres modelos a seguir: el portugués, el italiano y el alemán.

En el modelo portugués solo se reconoce la autonomía a dos regiones (alejadas e isleñas): Azores y Madeira.

En el italiano (Italia está dividida en 20 regiones, todas ellas autonómicas) cinco de sus regiones tienen un tratamiento especial por razones históricas o geográficas, y el resto, ordinario.

En el modelo alemán (un estado federal) casi todos los estados tienen las mismas competencias.

- ¿Está el Tribunal Constitucional desacreditado?

Miembros del Tribunal Constitucional

- Está desacreditado en algunas cosas, aunque en otras ha hecho grandes tareas. Pero el problema fundamental del Tribunal Constitucional es, sobre todo, la forma de elección.

No se puede elegir a sus miembros a través de los partidos políticos. Eso no puede ser porque conduce a una politización absurda.

- ¿Qué es lo que hay que hacer ahora?

- Pues la reforma constitucional. Está claro que va a llevar algunos años porque, entre otras cosas, habría que cambiar el Artículo 168 que impide que se reformen, por ejemplo, los derechos fundamentales.

He leído que Pedro Sánchez (PSOE) ha hecho una lista de derechos sociales y económicos nuevos que habría que incluir en la Constitución. Yo no sé si él se ha dado cuenta de que eso necesita la reforma agravada de la misma, porque para tocar el Artículo 168 se necesitan:


Dos tercios del Congreso de los Diputados,

Dos tercios del Senado,

Disolver las Cortes,

Convocar nuevas elecciones,

Las nuevas Cortes necesitarán también dos tercios del Congreso y del Senado para poder aprobar dicha reforma,

Y por último convocar un referéndum nacional.

Congreso de los Diputados

¡Eso está hecho para que no se utilice NUNCA!

Y se puso para impedir que se metiesen con la monarquía.

- Habrá que reformarla como usted dice, pero... ¡viva la Constitución!

A mí me gustaría que durara por lo menos otros 40 años, pero para ello es necesario modificarla.

¡Viva la Constitución!

Este ciudadano también cree que la Constitución no puede ser una cosa inmutable y eterna, sino que debe adaptarse a los tiempos porque, al ritmo que van, corre verdadero peligro de quedar desfasada. No es cuestión de andar retocándola a cada rato, pero cada 20 ó 25 años debería dársele un repaso, aunque a "algunos" no les interese demasiado.

NOTA: Mientras que en España solo se ha modificado la Constitución dos veces (en 1992 y 2011), otros países europeos lo han hecho en diferentes ocasiones durante las últimas décadas: Alemania (60), Irlanda (27), Francia (24), Bélgica (13) o Portugal (12).

17/2/17

LA ÚLTIMA OCURRENCIA DEL PSOE

La última ocurrencia del PSOE para salvar al Régimen: Reforma constitucional que impida votar NO a un candidato a presidente de gobierno en tercera votación de investidura

Antonio Hernando, portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados

El PSOE va a proponer a todos los partidos, según informa El País, que se cambie la Constitución para que nunca más pueda repetirse un bloqueo institucional en la elección del presidente del Gobierno que solo pueda solventarse con elecciones. La solución vendrá con una fórmula según la cual, si fracasan las dos primeras votaciones (la primera exige mayoría absoluta y la segunda, simple), ya no se podrá votar no, sino sí o abstención, como rige en la elección de los presidentes del gobierno vasco y del asturiano, lo que requiere modificar el artículo 99 de la Constitución.

Así figurará en la ponencia-marco que coordina en el área política el diputado Eduardo Madina. El texto lo tiene que aprobar el comité federal, después pasará a las agrupaciones, cuyos militantes lo pueden enmendar y, finalmente, llegará al congreso, donde se someterá al último filtro y a votación.

 Eduardo Madina

Miembros de esa ponencia estiman que su propuesta va a ser “muy estudiada” para que pueda ser presentada a todas las fuerzas políticas. La imposibilidad de que ningún candidato obtuviera la mayoría absoluta ni simple llevó, tras las elecciones de diciembre de 2015, a repetir los comicios en junio de 2016.

Los ponentes se fijan en el modelo asturiano. La legislación de esta comunidad exige mayoría absoluta en la primera votación. Si ninguno de los candidatos la obtiene, “se celebrará nueva votación cuarenta y ocho horas después siendo candidatos los dos más votados en la anterior. Resultará elegido el que de ellos obtenga mayor número de votos”.

El modelo asturiano

La particularidad está en el siguiente apartado, según el cual solo se puede votar sí o abstención en el caso de que solo haya un candidato: “La votación sobre la elección del presidente se realizará de forma pública y por llamamiento. Los diputados responderán con el nombre de uno de los candidatos o pronunciarán ‘me abstengo”.

Para la elección del presidente del Gobierno de España se requiere mayoría absoluta en la primera votación y en posteriores, mayoría simple. Podrá haber votaciones sucesivas hasta dos meses después de la primera y de no alcanzarse esa mayoría, el Rey convocará elecciones. Esta es la opción extrema que se quiere evitar.

El Rey convocando elecciones

FUENTE: kaosenlared.net
Por Kaos. Estado español
Agencias/Prensa - 16/02/2017


¡Ay, ay, ay...! ¿No me hagan reír "jodíos" que tengo el labio "partío".

Para estos asuntos sí que están prestos, pero para cambiar la injusta y antidemocrática ley electoral, y acabar de una vez con la  D'Hont y las puñeteras circunscripciones electorales, en aras de alcanzar el principio democrático de "UN CIUDADANO, UN VOTO", no se les ocurre nada ¿verdad?

Claro, como los beneficia claramente, al igual que a sus amigos del PP...
 

7/2/17

PETICIÓN REFORMA CONSTITUCIONAL

Tres organizaciones exigen una reforma constitucional que blinde derechos humanos

Amnistía Internacional, GreenPeace y Oxfam Intermón enviaron una carta al nuevo Gobierno exigiendo que lleve a cabo una reforma constitucional que blinde derechos humanos.


"Los derechos o son universales o no son" JOSÉ MARÍA VERA | Oxfam Intermón

"Derechos a prueba de balas" ESTEBAN BELTRÁN | Amnistía Internacional

"El derecho fundamental a un medioambiente saludable" MARIO RDGUEZ. | Greenpeace



Amnistía Internacional, GreenPeace y Oxfam Intermón enviaron una carta al nuevo Gobierno exigiendo que lleve a cabo una reforma constitucional que blinde derechos humanos. Concretamente, piden la reforma del artículo 53 y de  24 disposiciones de la Carta Magna.

La misiva, firmada por los directores de las tres organizaciones (Esteban Beltrán, Mario Rodríguez y José María Vera) y dirigida la presidente del Gobierno, justifica la revisión del artículo 53 porque establece un tratamiento y protección desigual e insuficiente de los derechos humanos, creando derechos de primera y de segunda, lo que "tiene consecuencias sobre la población, especialmente la más vulnerable".


Entre los primeros estarían el derecho a la vida o a la libertad. Entre los segundos el acceso a la vivienda o la salud, por ejemplo, que aunque están recogidos en la Constitución, los ciudadanos no pueden reclamarlos ante los tribunales. Además, exigen que se incorporen otros nuevos, como el derecho al medio ambiente o a una renta básica.

Esta acción es parte de la campaña iniciada por las tres organizaciones en julio de 2015 bajo el título "Blinda tus derechos. Cambia el artículo 53".


FUENTE: publico.es
Marisa kohan
04/02/2017

30/3/15

TRANSPARENCIA - NITIDEZ - GLASNOST

El Tribunal de Cuentas se ampara en la Constitución y no fiscaliza el dinero del rey


El artículo 65 de la Carta Magna permite distribuir "libremente" al monarca el presupuesto público que se le asigna. La inmunidad real impide investigar sus ingresos por graves que sean los indicios de irregularidades.

Felipe VI

El Tribunal de Cuentas no ha fiscalizado nunca las cuentas de la Casa Real, aunque éstas procedan de dinero público, confirman fuentes de esta entidad. En 2015, la institución monárquica dispone de 7,7 millones de euros que distribuye el rey según considera conveniente entre su familia, el personal de la Casa y los gastos de funcionamiento. El organismo fiscalizador se ampara en el artículo 65 de la Constitución Española (Título II. De la Corona), que hace referencia al presupuesto real de forma escueta pero muy contundente: "El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma". 

Da igual que existieran indicios firmes de que el rey hubiera cometido un delito de corrupción o financiado al terrorismo con dinero público: la Constitución impide que se le investigue

Este dinero público que recibe la Casa Real y que distribuye el rey sin tener que dar explicaciones o justificación alguna se ampara, además, bajo el paraguas de la inmunidad del rey, asimismo recogida en la Carta Magna (Art. 56.3 "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (...)"). Es decir, explican las mismas fuentes del Tribunal de Cuentas, no importa los indicios que hubiera de que el rey hubiera cometido un delito, por ejemplo, de corrupción. O, yendo a los extremos, indicios de haber financiado a una organización terrorista. Sea cual sea el destino del dinero público, el presupuesto asignado al rey y a la Casa Real no podría ser investigado, por el mismo motivo por el que el rey es inviolable y no tiene que responder judicialmente por ningún acto.

Familia real española

El Tribunal de Cuentas -que esta semana, por ejemplo, presentó al Congreso de los Diputados la fiscalización del Centro de Arte Reina Sofía- tiene en su historial dos lagunas que distan mucho de la intención del Gobierno de Mariano Rajoy de dotar a las instituciones de la máxima transparencia que demandan los ciudadanos.

El blindaje de la Casa Real y la Iglesia ante la entidad fiscalizadora superior data de la transición: en 1978 se aprobó la Constitución Española y en 1979, los Acuerdos del Estado con la Santa Sede. Por un lado, el rey y la institución que encabeza, la Corona. Por otro, y tal y como informó Público esta misma semana, la Iglesia Católica. En ambos casos, el blindaje de la Casa Real y la Iglesia ante la entidad fiscalizadora superior data de hace prácticamente el mismo tiempo: 36 años los Acuerdos del Estado con la Santa Sede en Asuntos Económicos (1979) y 37 años la Constitución Española (1978).
 

La Iglesia Católica, como contó este diario, está muy bien protegida por los Acuerdos de España con la Santa Sede y se limita a presentar una memoria con el uso que ha hecho de los fondos públicos, en el que tampoco figura documentación alguna que acredite de forma fehaciente la citada utilización.  

2,5 millones en "incentivos"

La Corona, por su parte y sólo desde hace unos años, se limita a trasladar a la opinión pública la información que considera pertinente, como los sueldos que recibe cada miembro de la Familia Real. Este año, por ejemplo, el rey cobra un salario de 234.204 euros anuales; su padre, 187.356 euros; la reina, 128.808 euros (menos que su suegro) y doña Sofía, 105.396 euros. Sabemos también a través de la Casa Real que de los 7,7 millones de asignación estatal, la mayor partida (49%) se destina personal, incluidos 2,5 millones de euros en concepto de “incentivos” para los empleados de la institución.

La fiscalización de la Corona pasa necesariamente por la reforma de la Constitución, pero, en cambio, y tal y como se contó en este diario, desde el propio Tribunal de Cuentas aseguran que, si hubiese voluntad real de fiscalizar el dinero público que recibe la Iglesia Católica, podría hacerse aplicando la ley de Transparencia aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy. En el art. 3 de esta norma, se declara que están sujetas a sus mandatos -entre los que se incluye publicitar recursos económicos de los que dispone y actividades que realiza- a las entidades privadas que perciban ayudas o subvenciones públicas, si cumplen alguno de los siguientes requisitos: "Que las ayudas sean superiores a los cien mil euros, o que al menos, el 40% de sus ingresos tenga carácter de subvención o ayuda pública".


FUENTE: publico.es
Ana Pardo de Vera
Madrid - 26/03/2015