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13/11/18

INMATRICULACIONES ECLESIÁSTICAS

El mapa de las inmatriculaciones: la Iglesia se apropia de templos, ermitas, fortalezas, murallas, frontones y quioscos


Las instituciones eclesiásticas han desatado durante décadas una voracidad inmobiliaria que ha acabado por colmar la paciencia del Gobierno, que ha ordenado el rastreo de su actividad inmobiliaria.


¿Cuántos bienes ha inmatriculado la iglesia española a su nombre en las últimas décadas? El diputado socialista Antonio Hurtado estima que han podido ser en torno a 40.000, aunque investigaciones como las de los ayuntamientos de Zaragoza, que detectó 49 en la ciudad, y de Córdoba (401), o las de los gobiernos de Aragón (2.023 entre 1998 y 2015) y Navarra (1.086), apuntan que cualquier estimación puede resultar errónea.

La inmatriculación es una figura jurídica que permite a las personas físicas y jurídicas anotar a su nombre en el registro, en un trámite que cuesta en torno a treinta euros, la posesión de fincas tanto urbanas como rústicas (solares, edificios, viviendas, locales, campos) cuya propiedad pasa a adquirir si en un máximo de treinta años nadie documenta que es otro el propietario.


Eso ha sido y sigue siendo posible, siempre que se demuestre documentalmente la posesión.

Sin embargo, una reforma de la Ley Hipotecaria en 1998, "bajo el Gobierno de José María Aznar", permitió que hasta 2015 las instituciones eclesiásticas pudieran autocertificarse esa posesión, lo que dio lugar a una inaudita actividad registral por parte de la iglesia, que anotó a su nombre en ese periodo miles de fincas urbanas y rústicas de todo tipo.


Aunque la cosa había comenzado antes. En los años 80 y 90, los registradores comenzaron a aceptar esos autocertificados como prueba suficiente pese a que la legislación vigente, datada en 1946, prohibía expresamente inmatricular edificios dedicados al culto. Eso dio lugar a una primera oleada de inscripciones que incluyó monumentos emblemáticos en muchas ciudades.

El Gobierno central, que se ha decidido a revisar esa frenética actividad inmobiliaria de la iglesia, se muestra decidido a recuperar para el dominio público los edificios que formaron parte de él, muchos de ellos declarados como “pertenecientes al Tesoro Artístico Nacional” desde 1931, caso de las catedrales de Zaragoza, Málaga o Palma.


Los trabajos de las entidades agrupadas en la coordinadora "Recuperando", que este fin de semana celebra en Zaragoza su asamblea anual, han permitido sacar a la luz buena parte de esas inmatriculaciones, entre las que destacan, por distintos motivos, las doce siguientes:

La mezquita de Córdoba

Bosque de columnas de la Mezquita de Córdoba

El edificio que en el siglo VIII ordenó construir Abderramán I, primer emir independiente de Córdoba, y que no acogió ritos cristianos hasta 1238, dos años después de la toma de la ciudad por las tropas de Fernando III de Castilla, se convirtió en el emblema de la lucha contra las inmatriculaciones después de que, el 2 de marzo de 2006, el obispado de esa ciudad anotara a su nombre la posesión como “santa iglesia catedral”.

Como prueba presentó una autocertificación que aseguraba que la diócesis la ha poseído “quieta y pacíficamente, sin interrupción ni contradicción, desde tiempo inmemorial a título de dueño”.

Puerta de Al Hakan II en la Mezquita de Córdoba

A la inmatriculación le siguió el registro de la marca “Mezquita de Córdoba”, entre otras que contienen la denominación popular del inmueble, por parte del cabildo catedralicio en 2012. Esa operación, que afectaba a alimentos y bebidas de todo tipo y a actividades de hostelería (entre una treinta de productos y servicios), provocó una encendida polémica en la ciudad, donde la palabra “mezquita” es el principal reclamo comercial. Cervezas Alhambra, del Grupo Mahou, ganó en los tribunales el derecho a seguir utilizando esa denominación en sus botellines.

La Seo de Zaragoza

La Seo, catedral mudéjar de Zaragoza

La catedral mudéjar de Zaragoza, el templo donde hasta Felipe V los reyes de Aragón juraban los Fueros antes de ser coronados y que fue declarada monumento nacional en 1931, es otro de los templos emblemáticos de la lucha por la recuperación del patrimonio inmatriculado. En este caso, el arzobispado la inscribió a su nombre el 5 de abril de 1987, once años antes de la reforma de Aznar. El acto de conciliación previo a una demanda civil que el Ayuntamiento de la capital aragonesa interpuso el año pasado contra la archidiócesis interrumpió los plazos de la prescripción adquisitiva y puso el contador a cero, lo que da margen de maniobra a las administraciones para intentar que vuelva a integrarse formalmente en el dominio público.

San Juan de los Panetes (Zaragoza)

San Juan de los Panetes (Zaragoza)

Otro caso emblemático, también con un templo monumental, en este caso característico por su torre inclinada y su mezcla de mudéjar y barroco, e igualmente de la ciudad de Zaragoza. En este caso, Patrimonio del Estado comunicó al arzobispado tras una investigación que "se trata de un Bien de Interés Cultural con categoría de monumento", adscrito al Ministerio de Cultura e incluido en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado. La archidiócesis respondió que el 12 de diciembre había formalizado un documento para cancelar la inscripción registral, aunque meses después este seguía sin ser tramitado. Las tres décadas de la inmatriculación se cumplen a finales de enero.

Monasterio de Santa Cruz de la Zarza, en Ribas de Campos (Palencia)


Monasterio de Santa Cruz de la Zarza en Ribas de Campos y Monzón (Palencia)

La inmatriculación por el obispado de Palencia de este antiguo complejo religioso en ruinas pese a encontrarse en una finca privada le costó al Estado español una condena del Tribunal de Justicia de la UE, que le obligó a indemnizar con 600.000 euros a la empresa propietaria, la Sociedad Anónima del Ucieza, por no haber respetado el derecho a la propiedad ni a un juicio justo, más otros 15.000 por daños morales. Concluyó que ese derecho de inmatriculación había sido reconocido a la iglesia católica “por la legislación interna [española] sin justificación aparente”.

Murallas de Artá, en Baleares


Murallas de de San Salvador de Artá en Mallorca (Baleares)

La Audiencia de Palma devolvió a finales de junio del año pasado al Ayuntamiento de Artá la titularidad de las murallas del pueblo, que había inscrito a su nombre la parroquia de la Transformación del Señor. La sentencia deja claro que las murallas del recinto fortificado de Sant Salvador nunca pertenecieron a la iglesia. ¿Para qué las querría el cura, cuando nunca antes habían tenido un uso religioso?

La Giralda de Sevilla

Torre de La Giralda (Sevilla)

La torre de este minarete almohade de la antigua mezquita sobre la que se construyó la catedral de Sevilla es uno de los símbolos de la ciudad y de Andalucía. Sin embargo, su posesión lleva anotada a nombre del arzobispado, que la registró como “dependencia anexa” al templo, desde 2010, cuando dirigía la archidiócesis Juan José Asenjo, el mismo que registró la mezquita cordobesa antes de cambiar de sede.

Iglesia-fortaleza de Xàbia, en Alicante

Iglesia de San Bartomeu en Xábia (Alicante)

El arzobispado de Valencia registró a su nombre este templo monumental a mediados de 2009, algo que el PSOE local calificó como la “privatización” de un bien público. La historia del edificio comienza, como la de tantas otras iglesias en el país, con la orden del señor, en este caso el rey Jaime II en 1308, para construir una torre de defensa. Posteriormente, los costes de la construcción y la fortificación eran asumidos por el ayuntamiento, con el apoyo de derramas de los vecinos.
Santuario de la virgen en Cabra (Jaén)

Parroquia de Ntra. Sra. de la Expectación en Cabra (Jaén)

La junta directiva de la hermandad de este pueblo jienense que se encargaba del templo fue destituida por el obispado tras la polémica levantada al haberlo inmatriculado la diócesis a su nombre. Otras entidades religiosas como la hermandad del Gran Poder, una de las clásicas de la semana santa sevillana, lograron que la jerarquía eclesiástica revocara la anotación a su favor de capillas de su propiedad.

Plaza de Fuensanta, en Cordoba

Santuario de la Fuensanta (Córdoba)

La plaza de Fuensanta, de casi 4.500 metros cuadrados, fue inmatriculada por el obispado de Córdoba como “otras dependencias” junto con la iglesia, la casa parroquial y los jardines, lo que provocó una airada reacción de los vecinos del barrio y de amplios sectores de la sociedad cordobesa. Ocurrió en 1987, el mismo año en el que las anotaciones comenzaron a proliferar en otras ciudades del país.

Iglesia de San Juan en Zaidín (Huesca)

Iglesia de San Juan en Zaidín (Huesca)

El obispado de Barbastro-Monzón solicitó (y logró) en 2004 la inmatriculación de la iglesia de San Juan Bautista de Zaidín alegando que “ostenta la propiedad de esta finca desde tiempo inmemorial, según consta en el libro inventario y demás documentación que obra en el archivo episcopal”. La parroquia llevaba menos de seis años integrada en la diócesis, a la que llegó en septiembre de 1998 dentro de un proceso de segregación de la de Lleida que todavía sigue generando pleitos civiles y canónicos.

Iglesia de San Francisco en Palencia

Iglesia de San Francisco en Palencia

El templo fue noticia porque el juzgado de Primera Instancia número 6 de la ciudad castellana vetó hace dos años su inmatriculación a nombre de la diócesis palentina: archivó el expediente de dominio al considerar que su autocertificación no bastaba para probar la posesión, ni mucho menos la propiedad, a efectos registrales. Había dejado de estar vigente la reforma del Gobierno de José María Aznar.

Un frontón, un quiosco y un teleclub

Quiosco de San Hipólito en Córdoba

Entre las propiedades inmatriculadas por la iglesia se encuentran algunas como un frontón en el barrio rural zaragozano de Garrapinillos, un antiguo despacho de loterías conocido como el Quiosco de San Hipólito en Córdoba o el local de un teleclub en Priego, en esa misma provincia andaluza.

FUENTE: publico.es 
Eduardo Bayona

17/7/15

INMATRICULACIONES

Córdoba impulsa con nuevos bríos la ‘guerra de las inmatriculaciones’ contra la Iglesia


La ‘guerra de las inmatriculaciones’ eclesiásticas se recrudece en el incruento campo de batalla de las calles de Córdoba después de que el resultado de las últimas elecciones municipales hayan permitido a la izquierda recuperar el gobierno municipal. Además de su importancia política general, el cambio de gobierno tiene importancia ‘bélica’, ya que el anterior equipo del Partido Popular tendía más bien a alinearse con el ‘enemigo’, representado por el poderoso Cabildo de la Catedral.

El Triunfo de San Rafael, una de las zonas en litigio. // MARGA A. MOLINA
El Triunfo de San Rafael, una de las zonas en litigio. // MARGA A. MOLINA

El grupo de Ganemos Córdoba, que no está integrado en el gobierno municipal pero cuyos votos son decisivos para la estabilidad del gobierno de coalición de PSOE e IU, llevará una proposición al próximo Pleno del Ayuntamiento de Córdoba con la pretensión de que el Consistorio “solicite un listado de los bienes inmatriculados por la jerarquía católica” en Córdoba.

Simultáneamente, la junta de gobierno local aprobaba ayer una moción por la cual se declaraban de titularidad pública los más de 2.000 metros cuadrados de la plaza del Pocito, uno de los inmuebles inmatriculados en su día por el Cabildo que para el Ayuntamiento son de propiedad inequívocamente municipal, es decir, del pueblo de Córdoba.

TODA UNA ‘DECLARACIÓN DE GUERRA’


La moción la promovía por el teniente de alcalde de Gestión, Emilio Aumente, dispuesto “a defender todo aquel espacio de sea público”. Junto a la también concejal Alba Doblas, de IU, Aumente augura una enconada judicialización del asunto, pese a considerar que “sería mucho más fácil para todos que hubiese voluntad para solucionar algo que es tan evidente”. El nuevo equipo consistorial, que encabeza la socialista Isabel Ambrosio, lo tiene claro: “Todo lo que sea público se inscribirá a nombre de este Ayuntamiento”. Una declaración de ‘guerra’ en toda regla.

Mientras tanto, el Cabildo ha venido mostrándose dispuesto a alcanzar acuerdos con el Ayuntamiento, sí, pero “siempre que se preserve el carácter religioso del santuario y la capilla del Pocito, así como la legalidad de la inscripción registral”. La Iglesia sostiene que la plaza se asienta sobre unos terrenos inscritos en el catastro en el año 1754.

FRACASO DE LA VÍA JUDICIAL


Hasta ahora, la vía judicial no ha dado resultados favorables a los defensores del laicismo. El pasado 9 de junio un juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Córdoba acordaba el archivo de las denuncias presentadas contra las inmatriculaciones de la Diócesis de Córdoba sobre diferentes monumentos, al resolver que los hechos denunciados “carecen manifiestamente de contenido penal”, dado que la inmatriculación de bienes inmuebles por parte de la Diócesis está “amparada” por la Ley Hipotecaria.

La instrucción concluía que “todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que han sido supervisadas por los registradores de la propiedad, contra los cuales caben interponer los recursos correspondientes tanto en vía administrativa como judicial”.

Al respecto, el auto recogía que “en ningún caso” se puede suponer la comisión de delitos penales por parte de las autoridades, funcionarios o la Diócesis de Córdoba, tras presentarse en este caso las denuncias contra el obispo, Demetrio Fernández, y el alcalde de la ciudad, José Antonio Nieto, entre otros.

"GANEMOS CÓRDOBA" HACE MEMORIA


En un comunicado de ayer, Ganemos Córdoba recordaba que “en 1998 el Gobierno del Partido Popular, presidido por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario para permitir la inscripción de templos de culto en el registro de la propiedad, lo que hasta entonces no era posible por su naturaleza históricamente pública”.

Para aprovechar esta nueva norma, según recordaba Ganemos, “la jerarquía católica resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: el artículo 206 de la Ley Hipotecaria y el 304 del Reglamento Hipotecario. El primero equipara a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al Registro de la Propiedad sin título, y el segundo equipara a los diocesanos con notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él diga”.


A través de este procedimiento, según ha criticado Ganemos, “se han inmatriculado, sin título de propiedad, miles de bienes en España que podrían ser públicos”, cuando, además, “debe quedar claro que el posible uso litúrgico no condiciona en absoluto la propiedad” y, por otro lado, “se han inmatriculado miles de bienes en manifiesto abuso de derecho y fraude de Ley, al no haber sido poseídos nunca por la Iglesia Católica e incluso no poder argumentar la coartada de su posible uso litúrgico, como solares, viviendas, caminos e incluso plazas públicas”.

La presión ciudadana y política, según subrayaba Ganemos, “ha desvelado numerosos escándalos, provocando la aprobación de la Ley 13/2015, que modifica la Ley Hipotecaria para eliminar el privilegio registral mencionado, pero lo hace sin efectos retroactivos, con lo que se produce una amnistía registral sobre los miles de bienes inscritos por la Iglesia Católica sin presentar título de propiedad”, de ahí que Ganemos quiera conocer cuáles son los bienes inmatriculados por la Iglesia en Córdoba, según recoge Europa Press.


FUENTE: andaluces.es
Ciudadan@s
Ana Isabel Cerro
11 jul 2015