17/11/16

PRIVILEGIOS REALES

La ciudadanía otorga en referéndum de 1978 privilegios al monarca

 
Ciudadanos votando SÍ o No a la Constitución el 06/12/1978

Quedan muy pocas monarquías en el planeta y la nuestra es la más anacrónica porque nuestra Constitución le otorga al rey todos los derechos de los que disfruta un ciudadano normal eximiéndole de todas sus responsabilidades en lo civil y en lo penal.

Recordemos que la actual Constitución fue refrendada por los ciudadanos que son a día de hoy mayores de 59 años. Es decir, una franja poblacional de menos del 30% .  Haciendo cuentas, si sólo una minoría de los que hoy votan tuvo la oportunidad de votar esta Constitución y teniendo en cuenta la abstención de cerca del 30% que es habitual en todas las elecciones, cerca del 15% de la población que vive actualmente aprobó la Carta Magna. En Euskadi sólo el 44% de la población votó la Constitución. De los que la votaron, el 22% votaron en contra. Hagamos memoria y recordemos algunos de los privilegios se le otorgaron al monarca y a su familia.

Algunos privilegios de cuna


Artículo 56.3.

La persona del Rey es inviolable y NO ESTÁ SUJETA A RESPONSABILIDAD. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65. 2.
 

Artículo 57

1. La Corona de España es hereditaria y la sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
 

Artículo 64

1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.

2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
 

Artículo 65

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.

2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
 

Artículo 71 

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

 
 
Dicho de una forma burda, con la aprobación de la Constitución en 1978 se le concedió al monarca el derecho de delinquir con dolo o por imprudencia sin que por eso pueda ser perseguido por la justicia.

FUENTE:  https://www.change.org/p/referendum-sobre-la-monarquia





Y, sobre todo, no nos olvidemos del artículo 14:
  
  


Artículo 14

LOS ESPAÑOLES SON IGUALES ANTE LA LEY,  sin que pueda prevalecer discriminación alguna por RAZÓN DE NACIMIENTO, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

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